Hoy la Justicia empezará a definir si S. debe ir a la cárcel. El mecánico de 46 años atropelló con un auto de alta gama a un chico de 26 años que trabajaba como delivery en marzo de 2016. La Fiscalía había pedido 10 años porque entendieron que hubo intención. La defensa dijo que el mecánico iba fuerte, pero no podrán probar que lo quiso matar. El caso encuadra en la novedosa figura del Código Penal de homicidio culposo agravado en siniestros viales fatales, que eleva las penas y define culpa temeraria. El juicio oral y público terminará la semana que viene.
El choque
El jueves 31 de marzo de 2016 Carlos Orgaz salió a hacer el segundo pedido del turno nocturno en el bar Tento de Mendoza y Solís en el barrio Belgrano. Antes de las 8.30 se calzó el casco, subió a la moto Cripton 110 roja con el pedido y a las 5 cuadras dobló por Campbell y Río Negro. No eran calles desconocidas. Además del bar donde trabajaba como delivery por más de dos años, estaba el Eempa donde tres meses atrás había salido con el diploma de secundario. Tampoco estaba lejos de la casa de su familia: madre, padre, tres hermanos y cuatro sobrinos. Antes de las 9 la moto roja de Orgaz chocó contra el Audi TT blanco que manejaba S., un mecánico de 46 años. Una ambulancia llevó a Orgaz, mutilado por la violencia del choque, al Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (Heca). Horas más tarde murió en el quirófano.
La moto y el auto quedaron estropeados en Campbell y Río Negro. Testigos contaron que el auto dejó una frenada de 40 metros en la calle y que el velocímetro quedó trabado en más de 170 kilómetros por hora. Los detalles de cómo fue el choque se conocerán hoy en Tribunales Provinciales. S., volverá a Rosario después de un año detenido en la cárcel de Piñero.
La cuñada de Orgaz, Emiliana Rodríguez, dijo a El Ciudadano: “Estamos muy nerviosos, pero tenemos fe de que se haga justicia. Él era muy prudente. Tenía registro y semanas atrás hasta no había ido a trabajar porque tenía unos rayos flojos en la moto”.
La pena en debate
En diálogo con este diario, el abogado de S., Ignacio Carbone, adelantó que rechazará la imputación por homicidio con dolo eventual y el pedido de 10 años de cárcel, aunque la máxima es de 25 años. “No fue un homicidio simple como dice la Fiscalía. Toda la jurisprudencia lo rechaza en accidentes de tránsito. Podemos hablar de más o menos culpa, pero no de dolo o intención”, explicó el abogado que tomó la representación de S. en noviembre y reemplazó a José Luis Abichuain. Carbone dijo que tratará de probar que se trató de un choque y que no hubo intención de atropellar a Orgaz.
Consultado por si el caso de S. no cuadraría en la nueva figura del Código Penal de homicidio culposo agravado en siniestros viales, Carbone dijo: “La Fiscalía no lo acusó por esa figura que tiene todo lo que supuestamente le achacan a S.,: exceso de velocidad, no respetar las normas de vialidad, y culpa temeraria”. El año pasado el Congreso votó cambiar los artículos 84, 94 y 193 bis del Código Penal y definió penas de 3 a 6 años de prisión si el conductor en un choque fatal estuvo bajo la influencia de drogas, no respetó señales o se le constató actitud temeraria. “S. venía fuerte. No lo vamos a discutir. Si el juicio es por dolo (intención) no hay un fallo en Argentina que no fuera rebatido en la Corte Suprema como antecedente para la Fiscalía. S. no salió a matar”, dijo Carbone.
Carbone recordó el caso del futbolista de Colón, Lautaro González Riaño, que con 1.5 de gramos de alcohol por litro de sangre evadió un control de Tránsito, pasó un semáforo en rojo y chocó a Diego Torres (también trabajando como delivery). “Fue un homicidio culposo grave”, dijo Carbone. El caso, que generó críticas de organizaciones de familiares de víctimas de siniestros viales y el director de Tránsito, terminó en un acuerdo con la familia. El procedimiento abreviado, como se conoce, hizo que la pena pedida de 9 años quedara en 3 años de prisión y 8 de inhabilitación. Al ser sólo tres años pudo pedir cumplirla de forma condicional, esto es, sin tiempo de cárcel.