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El lunes exponen padrones y se abre tiempo de reclamos

Podrán consultarse en la página web del Tribunal electoral de Santa Fe para votar el 19 de abril y el 14 de junio.

La Secretaría Electoral de la provincia informó que a partir del lunes próximo se exhibirán los padrones provisorios de ciudadanos argentinos y de extranjeros que estarán habilitados para votar en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (Paso) del 19 de abril, y en las generales del 14 de junio.

Los padrones serán exhibidos en los locales establecidos del Correo, Juzgados y/o Registro Civil, comisarías y municipios y/o comunas, como también en la página web del Tribunal Electoral de Santa Fe.

A partir de la publicación de los padrones de electores argentinos y extranjeros, los partidos políticos reconocidos y cualquier elector tendrán derecho a plantear los reclamos respectivos ante el Tribunal Electoral de la provincia, en base a las siguientes causales: fallecimiento; no residir efectivamente en la localidad en que se figura inscripto; inscripción de electores en los padrones más de una vez; inhabilitados para emitir sufragio.

Los reclamos podrán realizarse hasta el 3 de febrero ante la Secretaría Electoral de la provincia, ubicada en bulevar Pellegrini 2947 de la ciudad de Santa Fe, de lunes a viernes de 7 a 14 horas. Desde el organismo explicaron que debe completarse un formulario de reclamo y adjuntar fotocopia de DNI; siendo obligatorio para el trámite la presentación del DNI.

Los formularios de reclamos, junto a la fotocopia del DNI, también podrán ser enviados a la Secretaría Electoral, Apartado Especial de Respuestas Postales Pagas N° 3 –servicio electoral– a bulevar Pellegrini 2947, de la ciudad de Santa Fe.

Electores extranjeros

Este año también se modificó el tradicional sistema de empadronamiento de electores extranjeros. Con el objetivo de garantizar el ejercicio del derecho al voto, contemplado en la Constitución provincial, podrá votar directamente toda persona extranjera que viva en la provincia y haya alcanzado la edad de dieciocho años, posea DNI tramitado ante la autoridad nacional competente y cuente con dos años de residencia continua y efectiva en el municipio o un año para el caso de las comunas.

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