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A Sotera le llega la hora

Organismos de derechos humanos y querellantes en las causas por la represión ilegal pidieron al juez Bailaque la elevación a juicio del ex jefe del Destacamento de Inteligencia durante la última dictadura.

El equipo jurídico de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre solicitó ante el Juzgado Federal Nº 4, a cargo de Marcelo Martín Bailaque, la elevación a juicio oral del tramo de la megacausa Feced donde se acusa al ex jefe del Destacamento de Inteligencia 121 durante la última dictadura, Alfredo Sotera, por considerar que la etapa de instrucción ha finalizado.

A raíz de un pedido del fiscal de la causa, Gonzalo Stara, Alfredo Sotera fue indagado y procesado por su participación en un centenar de casos de delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico-militar, hechos ocurridos en el centro clandestino de detención que funcionó en el entonces Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario, de Dorrego y San Lorenzo.

Las abogadas de ambos organismos defensores de los derechos humanos formularon el requerimiento por considerar a Sotera como autor mediato de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, tormentos agravados, homicidios triplemente calificados y por haber sido miembro de la asociación ilícita enquistada en el aparato estatal a fin de cometer sistemáticamente estos delitos.

Además, formularon el requerimiento de elevación a juicio por los delitos de desaparición forzada agravada y por el delito de genocidio, tal como lo realizaron novedosamente en la causa Díaz Bessone, que fue a sentencia el 26 de marzo pasado.

El delito de desaparición forzada fue incorporado recientemente al Código Penal  por ley 26.679 del 9/05/2011. “Celebramos que el Estado argentino haya asumido su responsabilidad frente a la comunidad internacional, incorporando esta figura penal a nuestro derecho interno. La desaparición forzada de personas como práctica sistemática puesta en marcha por la represión viola en sí misma una multiplicidad de derechos humanos y encuentra su característica singular en lo siniestro de su condición: permanece en el tiempo”, dijeron desde los organismos.

“No sólo constituye un estado de negación de la subjetividad de la víctima, sino que a la vez constituye una tortura infinita para sus más íntimos. Así lo reconocieron los tribunales internacionales”, agregaron.

Por otra parte, la imputación del delito de genocidio y la consecuente condena por el mismo, “es un planteo que este equipo jurídico viene realizando en cada uno de los juicios en que ha intervenido”, dijeron desde la LADH y Familiares.

“No hay dudas –continuaron– que estamos frente a crímenes de lesa humanidad que afectan a la humanidad en su conjunto; sin embargo entendemos que ni siquiera ese encuadre típico es suficiente para comprender lo ocurrido en nuestro país. Es imposible seguir sosteniendo que el plan de exterminio se dirigió de un modo generalizado e indiscriminado contra la población civil. Quedó probado que no fue así”.

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