Al respecto, advirtió que «si el amparo se propone contra el Estado nacional, el juez competente es el juez federal con asiento en la Capital Federal, no el juez de Mendoza ni ningún otro de sede provincial”.
Agregó que «esto ya expresa esos favoritismos, acuerdos, que puede haber entre el reclamante y el tribunal que hace lugar a una petición que territorialmente no le compete”.
Barcesat apuntó además que “el camino lógico” para destrabar esta situación “es el de la apelación” y remarcó que “esto puede llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación porque es un tema eminentemente federal y además tiene gravedad institucional”.
Explicó que “cuando se apela queda en suspenso lo dispuesto por el juez de primera instancia hasta que el tribunal superior o el tribunal competente emita su resolución”.
También remarcó que “el hecho de suspender la aplicación de la nueva ley (de Servicios de Comunicación Audiovisual) no significa volver a poner en vigencia la ley derogada. Entonces estamos en una situación anomia; es decir, no tenemos norma”.
Por último, Barcesat dijo sobre la jueza, que es la misma que años atrás prohibió la instalación de una repetidora de Canal 7, la televisión pública, en Mendoza, que debería “someterse su conducta por mal desempeño al conocimiento del Consejo de la Magistratura”.
“Yo diría que basta con esta medida cautelar tan irregularmente dispuesta para que sea enjuiciada y se examine su permanencia o no en el Poder Judicial de la Nación”, señaló.