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Abusaba de su hijastra en una pieza, donde vivía la familia

Víctor Fabián Cristaldo, de 32 años, fue condenado a 14 años de prisión al comprobarse que durante un año abusó de una de las hijas de su pareja. La carátula: autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la convivencia preexistente con la menor).

En una vivienda precaria con una sola habitación en la ciudad de San Cristobal, en el norte de la provincia, convivían una pareja, las tres hijas de la mujer y el hijo de ambos. Una de las nenas sufrió los abusos de su padrastro durante un año, que los cometía frente a su hermana menor. La niña, testigo de ataque, se lo contó a su madre y a su familia, pero no le creyeron. Entonces recurrió a su maestra que fue lo que determinó que se iniciara una acción judicial con una condena a prisión de 14 años para el abusador y otra para la madre de las niñas por encubrimiento. El ahora condenado es Víctor Fabián Cristaldo, de 32 años. La investigación del caso fue realizada inicialmente por la fiscal Hemilce Fissore y luego quedó bajo la dirección de la fiscal Favia Burella de la sección de Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Unidad Fiscal de San Cristóbal.

Los hechos

“Debemos recordar que los abusos que se lograron demostrar en el juicio se dieron en el marco de una familia ensamblada. Cristaldo era la pareja de la madre de la víctima y convivían en condiciones de hacinamiento”, informó Burella. “En una única habitación en una casa de la ciudad de San Cristóbal convivían el condenado y su pareja; tres hijas de la mujer y un hijo en común de ambos”, explicó la fiscal.

“La niña sufrió los abusos de manera reiterada, los cuales fueron comprobados a través de exámenes médicos. A veces se consumaron en presencia de su hermana menor, que fue quien solicitó ayuda a una maestra de la escuela a la que asisten”, precisó Burella. En tal sentido, la fiscal agregó que “fue gracias a la denuncia que hizo la Regional IX de Educación que se logró la intervención y la protección de las menores, quienes relataron lo ocurrido en Cámara Gesell y ante profesionales de la salud”.

Burella destacó “el compromiso social de distintos actores institucionales para abordar este caso”. La fiscal hizo hincapié en que “hubo una escucha activa de la maestra que prestó atención a la hermana de la víctima y que activó el protocolo correspondiente para estos casos. Por su parte, el equipo socioeducativo del ministerio de Educación también trabajó muy bien porque las hermanas no dejaron de ir a la escuela y continúan escolarizadas. Asimismo, el Samco local hizo un seguimiento detallado del estado de salud de la víctima y trabajó en conjunto con el equipo socioeducativo y con la subsecretaría de la Niñez”.

Entorno familiar

Burella indicó que “antes de que la maestra hiciera la denuncia, las hermanitas de la víctima le contaron lo que ocurría a su entorno familiar ampliado y a su propia madre. Sin embargo, no les creyeron”. La fiscal agregó que “este ambiente desprotegido en el que estaban las niñas fue lo que posibilitó que se dieran los abusos y se desarrollaran a través del tiempo”.

“Es fundamental escuchar el relato brindado por las menores, de los cuales se puede inferir que los abusos fueron reiterados y progresivos, y con aprovechamiento de la ausencia de la madre. Esta ausencia se refiere tanto a la cuestión física como emocional, ya que se manifiesta en la falta de compromiso parental de la madre, tal como se demostró a lo largo del juicio”, sostuvo Burella.

Por último, la fiscal informó que “a raíz de lo ocurrido, la madre de la víctima fue imputada por el delito de encubrimiento calificado en una investigación que encabeza la fiscal Fissore”.

Los abusos fueron cometidos entre 2014 y 2015. Y la condena por unanimidad estuvo a cargo del  tribunal pluripersonal integrado por los jueces Osvaldo Carlos, Cristina Fortunato y el conjuez Marcelo Pautasso en el marco de un juicio oral y público que finalizó hoy en San Cristóbal.

La calificación legal por la que se resolvió la condena de Cristaldo fue la de autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la convivencia preexistente con la menor).

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