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Afsca apeló el fallo de la Cámara de Apelaciones sobre la ley de medios

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual presentó hoy el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

corte-dentroLa Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual presentó hoy el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el último fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La Afsca lo confirmó mediante un comunicado, en el que también se informó que la Jefatura de Gabinete realizó hoy una presentación similar ante el máximo tribunal contra el último fallo de los camaristas María Susana Najurieta, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras.

«Ambos pedidos solicitan la apelación al fallo de la Cámara Civil y Comercial, que el pasado 17 de abril declaró la inconstitucionalidad de una parte del artículo 45 y del segundo párrafo del artículo 48 de la Ley de Medios», señaló la autoridad de aplicación de la ley de Comunicación Audiovisual.

El escrito presentado ante la Corte sostiene también que la Cámara ha incurrido en “apreciaciones ideológicas parcialmente destinadas a satisfacer los intereses del actor (Clarín)”, informó la Afsca.

La Cámara ha sido cuestionada por el Poder Ejecutivo por sus fallos, pero también por la actitud de uno de sus integrantes, el juez Francisco de las Carreras, que el año pasado participó de un seminario en Miami invitado por el grupo Clarín, lo que valió un pedido de recusación ante el Consejo de la Magistratura que fue rechazado por sus colegas de la Cámara.

Además, tanto De las Carreras como Guarinoni y Najurieta ya se habían pronunciado en anteriores oportunidades por extender la medida cautelar que trabó la aplicación plena de la Ley de Medios durante más de tres años.

En este marco, la Afsca cuestionó también en el texto de su apelación que los jueces de la Cámara se hayan excedido en su función judicial y hayan volcado “manifestaciones ideológicas” en cuanto a la conveniencia o no de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Según se consideró en la presentación ante la Corte, con esta actitud los jueces «invadieron el ámbito del Poder Legislativo que es quien está legitimado para evaluar la conveniencia, mérito y oportunidad de las normas, debiendo limitarse la justicia a verificar si vulnera la Constitución».

Por otra parte, en el escrito se destacó que «la Cámara sólo declaró inconstitucional las partes del artículo 45 de la Ley de Servcios de Comunicación Audiovisual que, puntualmente, perjudicaban al Grupo Clarín, avalando la constitucionalidad de las que no lo involucraban directamente».

También, se cuestionó la lectura “economicista” que hicieron los jueces sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual al darle “primacía a las potenciales (no probadas) afectaciones económicas del Grupo Clarín como consecuencia de su readecuación (…) por sobre el resguardo del colectivo social que esa norma procura al promover la competencia”.

El fallo de la Sala I de la Cámara había considerado inconstitucionales los artículos referidos al tope de licencias que la empresa puede poseer pero, en cambio, avaló los plazos de desinversión.

La Afsca argumentó, además, que los camaristas “no consideraron los efectos sociales de la sentencia, ya que no valoraron que su decisión sólo generará un mercado más concentrado a favor del Grupo Clarín, frente a competidores que se reducirán a fin de someterse a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en octubre del 2009.

En la presentación, la Afsca también alertó respecto a que, de confirmarse la sentencia de la Cámara, se «distorsionaría» el sentido de la 26.522 al «situar al grupo mayoritario y más extendido en una posición de privilegio en el mercado, ya que mientras éste no tendrá que readecuarse a los fines de ajustarse a la normativa, sí lo deberán hacer los otros licenciatarios».

Finalmente, con respecto a la consideración del fallo de la Cámara sobre la afectación a la libertad de prensa de la ley, el documento sostiene que “la libertad de prensa no está condicionada a la concentración monopólica, sino por el contrario, cuando los monopolios ceden su lugar se amplía esa libertad”.

“Por ello, cuanto mayor sea la posición dominante en el mercado comunicacional, menor libertad de prensa habrá”, concluyó el escrito que pide a la Corte que revoque la sentencia de Cámara y ratifique la constitucionalidad de la Ley de Medios.

El grupo Clarín también apeló ante la Corte la última sentencia de la Cámara Civil y Comercial Federal, en una presentación que hicieron ayer sus abogados en la que piden al máximo tribunal que “declare la inconstitucionalidad de la intransferibilidad de las licencias, su régimen de multiplicidad y el plazo de adecuación a la nueva normativa».

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