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Ajo y agua: la Justicia santafesina ratificó que el desastre y el humo son tema federal entrerriano

El juez penal Foppiani rechazó el planteo de un fiscal de Rosario de convocar a una audiencia judicial a las autoridades políticas de Entre Ríos que tienen incumbencia en la prevención y el combate de incendios en el Humedal


Fotos: Mauro Passarini.

El planteo de un fiscal de Rosario de convocar a una audiencia judicial con las autoridades políticas de Entre Ríos que tienen incumbencia en la prevención y el combate de los incendios en las islas del Paraná para que cese “el estado antijurídico” de la situación chocó con la negativa del juez penal Nicolás Foppiani, quien rechazó el recurso in limine –desde el vamos– al ratificar que el tema es competencia de la Justicia federal. “El MPA podrá eventualmente acudir vía su homólogo ante aquel fuero, en virtud de convenios de coordinación y actuación conjunta vigentes”, escribió el titular del Juzgado Penal de Primera Instancia del Distrito 2.

La intervención corresponde al integrante del Ministerio Público de la Acusación Luis Schiappa Pietra, quien marcó que más allá de los delitos federales como el daño al medio ambiente que involucra varias jurisdicciones, el planteo es por la afectación a la salud de los rosarinos, y la posible figura de incumplimiento de los deberes. Según expuso, la concentración de micropartículas en suspensión en la atmósfera, producto de la combustión de la flora en los humedales, superó en Rosario varias veces el umbral establecido por la Organización Mundial de la Salud, a partir del cual esa contaminación es perjudicial para los habitantes dela región, y la situación provocada por el humo de las quemas puede corresponder a un posible incumplimiento en los deberes de funcionario público. Por ello, Schiappa Pietra pidió la citación urgente a los máximos responsables políticos entrerrianos para que “cese el estado antijurídico”. Traducido: evitar continúe un daño producido por un delito que, en este caso, se presuponen los incendios intencionales en las islas del Alto Delta.

Desde el MPA explicaron que “los mayores perjuicios que ocasionan las quemas, a la par de la destrucción del ambiente conocido como humedal, son los que impactan en la salud de los habitantes de zonas urbanas” que, como Rosario y localidades vecinas, respiran desde hace días un aire contaminado.

El argumento fiscal es que posee competencia para intervenir “más allá de los delitos vinculados a la preservación del medio ambiente y demás, que en muchos de esos casos afectan distintas jurisdicciones y que son de competencia federal”.

El juez Foppiani entendió que toda la cadena es de esa competencia federal y que “la medida cautelar pretendida presenta una conexión evidente con el objeto de investigación”, que son las quemas, cuyo trámite está en manos de la Justicia federal de Paraná, y en las últimas presentaciones del Juzgado federal con asiento en Victoria. “La ocurrencia de los hechos se corresponde con una competencia territorial también ajena  la de estos estrados provinciales”, marcó el magistrado.

Foppiani se basó en diferentes pronunciamientos de jueces penales santafesinos, incluido uno de él mismo de agosto pasado en respuesta a la presentación de un particular que denunció que la quema del Humedal genera “dificultes respiratorias y dolor en los ojos a todos los ciudadanos de Rosario”.  El magistrado analizó jurisprudencia y fallos determinando que “aparece afianzado el criterio que supedita la jurisdicción federal a aquellos casos en’ que la contaminación afecte a varias jurisdicciones, como es del caso”, y marcó que la propia ley General de Ambiente –25.675– establece, según su artículo 7: “En los casos que el acto, omisión o situación generada provoque efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la competencia será federal”.

 

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