Diputados sancionó en la madrugada de este miércoles la nueva Ley de Alquileres por 128 a favor y 114 votos en contra. Esta reforma determina que los contratos entre los propietarios y los inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual, como establecía la actual norma.
Puede surgir la duda en los inquilinos y propietarios de los alcances de la nueva normativa en relación con los contratos que fueron firmados y todavía están vigentes.
Más allá de que todavía falta la promulgación de la nueva ley para que ésta rija, el Código Civil y Comercial es claro sobre qué hacer en el caso de los acuerdos firmados bajo la anterior Ley de Alquileres.
El artículo 7 de ese cuerpo legal establece que «las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en curso de ejecución». De esta manera, se debe respetar el formato y los aumentos que fueron firmados en su momento.
Quienes firmaron su contrato bajo la Ley 27.551, sancionada en 2020, deberán atenerse a lo que ella establecía. Una vez que ese acuerdo finalice, sí podrán negociar bajo los nuevos términos que la Cámara de Diputados convirtió este miércoles en ley.