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Ampliaron la indagatoria al empresario involucrado en la muerte de Emmily Rodrigues en Retiro e imputaron a una mujer que estuvo en la escena

Francisco Sáenz Valiente fue indagado por los delitos de suministro de estupefacientes y facilitación del lugar para su consumo; abandono de persona agravado por el resultado muerte y por la tenencia de un arma de guerra. El hombre se negó a declarar. La próxima semana deberá presentarse en indagatoria la otra involucrada

Saenz Valiente había sido procesado por la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en junio del año pasado como responsable del homicidio culposo de la joven, tras la apelación que habían presentado los integrantes del MPF Santiago Vismara y Mariela Labozzetta en contra de la falta de mérito que se le había dictado.

Tras la profundización de ciertas medidas en la investigación, la Fiscalía N°10 (ahora a cargo de Alberto Gentili) junto con la UFEM solicitaron al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°31 que se le amplíe la imputación a Sáenz Valiente y que se lo indague por los delitos de suministro gratuito de estupefacientes y facilitación del lugar para su consumo; abandono de persona agravado por el resultado muerte; y tenencia de un arma de guerra de uso civil condicional.

Durante la audiencia llevada adelante este lunes, Sáenz Valiente escuchó la imputación y decidió no declarar por el momento. La fiscalía estuvo representada por el auxiliar fiscal Juan José Taboada Areu.

El MPF también había requerido que la mujer de nacionalidad brasileña que convocó a Emmily aquella noche sea indagada por los delitos de facilitación de la prostitución y abandono de persona seguido de muerte. El juzgado subrogado por Schelgel hizo lugar a ese pedido y la declaración se concretará el próximo 4 de diciembre.

El caso

En la causa se investiga lo ocurrido la mañana del 30 de marzo de 2023 en un departamento del barrio de Retiro, cuando la joven cayó desde un sexto piso hacia el patio interno de un edificio ubicado sobre la calle Libertad al 1500.

De acuerdo a lo que se pudo establecer, esa madrugada Sáenz Valiente coordinó con una mujer (a la que ya conocía) para que le llevara a su casa a otras tres jóvenes. Al mismo tiempo, le escribió a quien era su “dealer” solicitándole “dos blancos y un tus”, en referencia a cocaína y tusi (la mal llamada “cocaína rosa” que combina los efectos alucinógenos del LSD con los eufóricos del MDMA). Hacia las 3 de la madrugada, ya se encontraban las cinco personas en el departamento: el imputado y las cuatro mujeres.

Según los testimonios recolectados en el expediente, había drogas tanto sobre la mesa como en libros o platos. En el fallo dictado por la cámara el año pasado se hizo foco en que se comprobó el consumo de estupefacientes por parte de la víctima a través de la autopsia y que también se estableció que Saénz Valiente había consumido cocaína.

Tras pasar la madrugada, entre las 7 y las 8:43, la víctima sufrió una “una alteración psíquica evidente” producto del consumo de estupefacientes que el imputado había suministrado en esa reunión. La fiscalía hizo foco en que, a pesar de que ese “cambio emocional” fue percibido por todos los que estaban allí, ni el anfitrión ni la imputada, que además es médica, auxiliaron a la joven o la trataron.

“Ambos permitieron que la situación se prolongase sin prestarle la asistencia que requería la víctima y solo intentaron pedir ayuda cuando ya era tarde”, indicaron en el escrito los representantes del MPF. Marcaron que, pese a que la evidencia de que la conducta de Emmily era riesgosa para sí y para terceros, durante más de dos horas mantuvieron “el dominio de lo que sucedía en el departamento y continuaron con el encuentro, en vez de atender la salud de la víctima, compensarla y neutralizar ese comportamiento riesgoso”.

Puntualizaron también que recién a las 9:09 la médica intentó realizar una llamada de emergencia y que cuatro minutos más tarde, Sáenz Valiente se comunicó con la línea 911. “Los imputados se vieron forzados a pedir asistencia cuando el brote que padecía Emmily Rodrigues, agravado por la privación de atención necesaria, trascendía el ámbito de esa reunión privada y ya era advertido por los vecinos”, explicitaron los fiscales.

Esa llamada se habría dado cuando la joven “se encontraba ya en un estado de desesperación eufórica, de terror y llantos y pedía auxilio a los gritos”. La fiscalía señaló que Emmily, en ese contexto, logró abrir una ventana, lo que derivó en un forcejeo entre ella y Sáenz Valiente. El hombre le solicitó ayuda a la médica que se encontraba en el departamento, pero ella no se la brindó. La situación culminó con la víctima precipitándose al vacío desde el sexto piso. De acuerdo con la autopsia, sufrió múltiples heridas producto de su caída que le causaron la muerte.

La ventana con roturas desde donde cayó al vacío la víctima Emmily Rodrigues. Foto: imagen de la causa

Las imputaciones

Al momento de explicitar los delitos por los cuales debían ser indagados ambos acusados, los representantes del MPF marcaron que para el abandono de persona agravado por el resultado muerte debía considerarse que la mujer era médica con matrícula habilitada al momento de los hechos y que fue ella quien llevó a Emmily al departamento de la calle Libertad.

Además, recordaron que Sáenz Valiente fue quien facilitó su residencia particular para el consumo de los estupefacientes que él mismo suministró y que consumió la víctima, lo que determinó la crisis por la cual la joven cayó desde el sexto piso. En ese sentido, marcaron que el empresario “propició el escenario riesgoso”, a la vez que agregaron que tanto él como la mujer advirtieron el estado en el que se hallaba Emmily y que aun así continuaron con la reunión y no le proveyeron la ayuda necesaria.

Para el MPF, “la voluntaria inacción” con la que se manejaron ambos llevó a que privaran a la joven “de una asistencia médica temprana que compensara su cuadro y le salvara la vida”

“Sabemos que esa noche los imputados omitieron ejecutar acciones que, en definitiva, privaron a Rodrigues de una asistencia a tiempo, que permitiera que se mantuviese con vida cuando previamente ella se vio incapacitada de valerse por sí misma debido al consumo de estupefacientes que Sáenz Valiente le suministró en su residencia, colocando en peligro su vida, como a todas luces surge de las constancias de la causa. Esas acciones no fueron inocuas, sino que llevaron al resultado de la muerte que aquí se investiga, debido a que los imputados no adoptaron medidas para neutralizar la situación de riesgo desencadenada por su propia conducta”, remarcaron.

Para la fiscalía y la UFEM, Sáenz Valiente organizó un encuentro en su domicilio para adquirir servicios sexuales por parte de mujeres a cambio de dinero y, en ese marco, se encargó del suministro de estupefacientes y la facilitación del lugar para el consumo. Por lo tanto, mantuvo el dominio de la reunión “tornándose competente para neutralizar los riesgos que surgen de cosas que se encuentren bajo su señorío, pues es de incumbencia –como titular del inmueble y organizador del encuentro– el deber de aseguramiento del tráfico de lo que allí sucede”.

Con respecto a la médica, señalaron que mostró un rol activo en la organización del encuentro, al haber “facilitado” a las mujeres que brindarían servicios sexuales a cambio de dinero, así como de su especial condición de profesional de la salud.

“Le es reprochable no haber brindado la atención adecuada y temprana que el cuadro de excitación psicomotriz de la joven ameritaba; así como tampoco haber intervenido para tratar de evitar la caída de altura de la víctima en el momento en que Sáenz Valiente requirió su presencia, cuando se encontraba en la ventana desde donde finalmente cayó Rodrigues; a pesar de ser una situación que se había tornado evidentemente riesgosa y en la que solo estaban en el lugar los imputados y la víctima”, explicaron sobre la imputada.

“Puede deducirse que ambos, desde su propia posición de garantía, dejaron librada a su suerte a Rodrigues, demostrando desinterés en la situación riesgosa que pesaba sobre ella, claramente imposibilitada de valerse por sí misma, y a la que por las circunstancias apuntadas tenían el deber de cuidar. Asimismo, los llamados al 911 fueron tardíos y sin ningún tipo de capacidad para evitar lo que sucedía; léase, la incapacidad de la víctima, su cuadro de alteración psicomotriz, su consecuente caída de altura, y posterior muerte cuando era trasladada por médicos del SAME al Hospital Fernández”, concluyeron en el escrito.

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