El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 9 sobreseyó a Anita Coacci en la causa penal iniciada tras la querella presentada por Juan Darthés en su contra por injurias, luego de que la actriz lo denunciara por un presunto abuso sexual, por entender que hubo «dilaciones» y «una evidente falta de interés» en continuar con el proceso.
Sin embargo, el abogado querellante Fernando Burlando adelantó a Télam que mañana presentará la apelación y comenzará un juicio por daños y perjuicios contra Coacci y Natalia Juncos, otra actriz que hizo una denuncia mediática contra Darthés.
El fallo se conoció a última hora del viernes, y según explicó Raquel Hermida Leyenda, abogada de la actriz conocida como Anita Co., la resolución favorable a su clienta se fundamenta «en la falta de interés de Darthés de presentarse ante la justicia», desde que reside en Brasil tras ser denunciado por Thelma Fardin por violación.
Si bien el 10 de septiembre, los abogados del actor pidieron una nueva audiencia de conciliación, ayer la jueza Fátima Ruíz López emitió un fallo en el que se la negó, y resolvió «tener por desistida la acción privada», «declarar extinguida la acción penal» y «sobreseer» a Anita Co.
«La resolución sienta jurisprudencia en materia procesal y confirma las garantías constitucionales de Anita Co», explicó Hermida Leyenda.
La abogada dijo que el fallo modifica la jurisprudencia y explicó que «en primer término, porque en los juicios de injurias ahora va a ser necesaria la presencia del querellante; no sirven los poderes».
«En segundo lugar, la jueza dijo que no hace falta estar inactivo sesenta días, lo importante es que lo que digas represente el interés real del querellante. Y, en este caso, se dice que Darthés quería continuar con la causa pero no lo demostró al venir al país y no presentarse en Tribunales», añadió.
Al respecto, Burlando aseguró: «Este fallo lo vamos a apelar. La justicia per se no puede interpretar el desgano de continuar la acción, por la no presentación de Juan, sin evaluar los actos de violencia y escache que le fueron organizados cada vez que tenía que venir».
«Sin perjuicio de ello, la ley tiene prevista la actuación del actor a través de un representante con poder especial y lo había. Sobreseer más allá del evidente deterioro en la salud de Darthés sería primero, desconocer la ley, y después los hechos provocados por la justicia y algún auxiliar de la misma».
«El lunes estamos iniciando la demanda por los daños y perjuicios provocados por Juncos y Coacci, ya que en esa instancia no se necesita la presencia de mi cliente, y les espera juicios millonarios por los daños provocados», insistió.
El fallo derivó del litigio que comenzó Darthés en febrero de 2018 cuando la cantante denunció a través de las redes sociales que en el año 1999 cuando participó de la tira Gasoleros, el actor la habría abusado sexualmente, tras lo cual él le inició una querella por calumnias e injurias, pero en reiteradas oportunidades no se presentó a las audiencias de conciliación.
Las actrices Calu Rivero y Natalia Juncos también aseguraron haber sufrido situaciones casi idénticas, en las que el actor les habría mostrado su pene u obligado a tocárselo, mientras utilizaba la frase «mirá como me ponés».