La Legislatura aprobó este jueves en forma definitiva el proyecto por el cual la provincia de Santa Fe adhiere a la nueva ley nacional de Riesgos de Trabajo (ley de ART). En primer término, la Cámara de Diputados votó con cambios el texto que ya tenía media sanción del Senado, donde pocos minutos fue convertido en ley.
De esta manera, una vez que el gobierno provincial promulgue la ley, Santa Fe hará propia la nueva normativa nacional sobre riesgos de trabajo. Así, ante una situación de accidente o enfermedad laboral, se reemplazará la instancia judicial por una comisión médica (habrá 13 en toda la provincia), con el objetivo es bajar la litigiosidad y lograr resoluciones más rápidas.
La votación fue dividida. En la Cámara de Diputados hubo 27 votos a favor, nueve abstenciones y ocho votos en contra. Curiosamente, los diputados oficialistas Leandro Busatto y Ricardo Olivera pidieron abstenerse al momento de la votación. En el Senado no hubo votos en contra, tal como ocurrió el 25 de junio cuando se le dio la primera media sanción.
La CGT y la CTA rechazaron de plano la adhesión de Santa Fe a la nueva ley nacional de ART
La nueva ley nacional de ART modifica los procedimientos administrativos ante casos de enfermedades o accidentes laborales. La mayoría de los sindicatos, en conjunto con las asociaciones de abogados laboralistas, se oponían a la reforma, que finalmente este jueves diputados y senadores terminaron aprobando sin discursos y casi sin debate.
Esta fue la segunda vez que se trató la adhesión de la provincia a la nueva normativa nacional, sancionada en febrero de 2017 por impuso del macrismo. La primera media sanción del Senado, a mediados de 2019, naufragó luego en la Cámara de Diputados. Este año el gobernador Omar Perotti remitió un nuevo proyecto a la Legislatura, impulsado ahora por la gestión de Alberto Fernández y su ministro de Trabajo Claudio Moroni.
La principal modificación es el reemplazo de la instancia judicial por una comisión médica, que será la encargada de analizar la situación del trabajador y tomar las decisiones en cuanto a indemnizaciones y declaraciones de incapacidad.
La adhesión de Santa Fe a la nueva ley nacional de ART fue muy resistida por los sindicatos, los abogados laboralistas y los colegios de abogados, para quienes implica un retroceso en materia de derechos laborales en la provincia. La presión del gobierno provincial y de las cámaras industriales y empresarias fue decisiva al momento del tratamiento del proyecto.
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La nueva ley establece la creación de 13 cinco comisiones médicas (ocho fijas y cinco móviles), cuya actuación será supervisada en forma conjunta por el Poder Ejecutivo provincial y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación. Respecto del texto original, se aumentó de cinco a 13 la cantidad de comisiones para garantizar la cobertura territorial.
Para su correcto funcionamiento, la ley sostiene que las comisiones deberán tener “una adecuada cobertura geográfica tendiente a asegurar la accesibilidad a la prestación del servicio en todo el territorio de la provincia, contemplando la posibilidad de creación de comisiones médicas jurisdiccionales móviles”.
Del litigio a la concertación
La ley nacional 27.348 fue aprobada por el Congreso en febrero de 2017 y gradualmente la mayoría de las provincias legislaron su adhesión a la nueva normativa, que actualiza la ley nacional 24.557 de Riesgos del Trabajo vigente desde 1995.
En los fundamentos de la iniciativa, el gobierno afirma que “es fruto del estudio y compilación de todas las experiencias existentes en el país en lo referido a las adhesiones provinciales a la ley 27.348, que han ido evolucionando en las formas y alcances de adhesión, logrando un equilibrio entre los intereses y derechos de los actores involucrados, sin conculcar derecho laboral alguno y garantizando la protección de los trabajadores”.
Sobre el convenio que firmarán el gobierno provincial y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación, se sostiene que “este mecanismo de cooperación y concertación es la clave para el funcionamiento de las comisiones médicas y la intervención del juez laboral ordinario como contralor efectivo”.
Más adelante, en los fundamentos se afirma que “la vía administrativa propuesta deviene en un mejoramiento y optimización del sistema en tanto tiende a reducir los plazos de los reclamos, los limita, se centra en cuestiones netamente técnicas (tipo de enfermedad, relación con el ambiente de trabajo, grado de incapacidad), mejora el sistema estableciendo la gratuidad del patrocinio del trabajador, respeta la competencia territorial y permite la revisión de las decisiones administrativas ante el fuero laboral, estableciendo la acción judicial más expedita en defensa del trabajador”.
Por último, se remarca que “el procedimiento administrativo asegura que el trabajador cuente con asistencia letrada gratuita y, en lo esencial, otorga la posibilidad de requerir la revisión judicial de lo que decidan las comisiones médicas. Debe ponderarse que el sistema previsto otorga a la comisión médica jurisdiccional un plazo para decidir de 60 días, disponiéndose la perentoriedad de los plazos y que a su vencimiento queda expedita la vía judicial”.