Condenaron a dos hombres que estuvieron involucrados en robos cometidos el año pasado en la comisaría de Arroyo Leyes -por entonces, subcomisaría- y en una vivienda lindera. Se trata de Luis Ariel Leguizamón y Fabián Ceferino López, de 22 y 58 años, respectivamente, a quienes se les impusieron tres años de prisión efectiva para cada uno.
Las sentencias fueron ordenadas por el juez Pablo Spekuljak en el marco de juicios en los que se abreviaron los procedimientos que se llevaron a cabo esta mañana en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
La fiscal de la Unidad Fiscal Especial de Delitos Complejos María Laura Urquiza está a cargo de la investigación y detalló que “Leguizamón y López actuaron como partícipes secundarios de los hechos ilícitos”. Además, precisó que “otras seis personas que integraban la banda delictiva están privadas de su libertad en prisión preventiva”.
Con armas de fuego
“En función de un plan común que implicó roles específicos, los condenados y quienes están en preventiva actuaron de forma coordinada el jueves 17 de noviembre del año pasado entre las 00:40 y la 01:10”, señaló Urquiza. Los robos tuvieron lugar en la comisaría número 20 de la Unidad Regional I, ubicada en el kilómetro 14 de la ruta provincial número 1, y en una casa que está 50 metros al sur de la dependencia policial.
La funcionaria del MPA relató que “los atacantes llegaron en un automóvil marca Fiat modelo Palio conducido por López”, y aclaró que “el juez Spekuljak ordenó el decomiso de ese vehículo”.
“Algunos miembros del grupo -entre los que no estaban los dos condenados-, ingresaron por la fuerza a la comisaría vestidos de policías y de civiles”, destacó Urquiza. “Cuando se encontraron con un hombre y una mujer que integran la fuerza de seguridad y prestaban servicio de guardia en ese momento, los intimidaron con armas de fuego y los redujeron atándolos de pies y manos”, afirmó.
En tanto, precisó que “luego se apoderaron de una pistola calibre 9 milímetros; una escopeta calibre 12.70; cuatro cargadores para proyectiles de 9 milímetros; 45 cartuchos de ese calibre; un juego de esposas, y un chaleco balístico”, y agregó que “al salir, se apropiaron ilegítimamente de un móvil policial”.
Por otro lado, Urquiza refirió que “después, los integrantes de la banda delictiva fueron hasta el inmueble en el que cometieron el otro ilícito”. Al respecto, remarcó que “con las armas sustraídas, los atacantes que simulaban ser uniformados gritaron delante de la puerta: ‘¡Procedimiento policial!, ¡Abran!’”.
La representante del MPA sostuvo que “las personas que residen en la vivienda acataron la orden al creer que provenía de agentes verdaderos y fueron reducidas y golpeadas por cuatro hombres que están imputados como coautores”.
“De la casa, el grupo criminal robó un automóvil marca Peugeot modelo 207; dinero en efectivo; teléfonos celulares; una máquina amoladora, y tres termos”, puntualizó.
“Tras consumar los delitos, los atacantes se fueron a bordo del vehículo en el que habían llegado y los dos que sustrajeron”, aseguró.
En Candioti
“López también fue condenado porque alrededor de las 00:30 del martes 8 de noviembre del año pasado participó de otro hecho ilícito”, informó Urquiza. “Trasladó en el auto marca Fiat modelo Palio a tres personas que cometieron un robo en un domicilio ubicado en Rivadavia al 1.900 de la localidad de Gobernador Candioti (departamento La Capital)”, indicó.
Según planteó, “los coautores -quienes aún no lograron ser identificados-, se llevaron un automóvil marca Chevrolet modelo Agile; alahajas de oro; teléfonos celulares, y dinero en efectivo”.
Responsabilidad penal
Los condenados reconocieron su responsabilidad penal como partícipes secundarios de robo calificado (por el uso de arma de fuego). Por su parte, López admitió su participación secundaria en un robo calificado (por haber sido en poblado y en banda).
Los abogados defensores aceptaron las atribuciones delictivas, las penas impuestas y el modo elegido para llevar adelante los juicios. A su vez, el juez consideró acreditados los requisitos para resolver según lo acordado entre las partes.
En el caso de Leguizamón, el juicio de procedimientos abreviados previamente había sido rechazado por una jueza de primera instancia, lo cual fue apelado y revocado por un tribunal de Alzada que dispuso que vuelva a ser tratado por un magistrado diferente. En tal sentido, en la audiencia realizada esta mañana, el juez Spekuljak analizó los términos del requerimiento de la Fiscalía y la Defensa y resolvió la condena.