La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) reabrió este martes la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia Para el Trabajo y la Producción (ATP) con el objetivo de que aquellas empresas que quieran acceder al salario complementario puedan hacerlo. El beneficio anunciado este fin de semana permitirá a los empleadores solicitar al Estado una asistencia para abonar la mitad de los sueldos en el sector privado.
Aquellos empleadores que requieran la ayuda estatal para el pago de salarios en el marco de la cuarentena obligatoria por coroanvirus, tendrán tiempo hasta el jueves 23 inclusive para anotarse. El procedimiento se realizará a través de la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y también permitirá a los contribuyentes que ya se inscribieron rectificar la información económica suministrada.
Desde Afip aclararon también que la información que debe ingresarse al sistema es la que corresponde a los ingresos facturados entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020. También corresponde informar el CBU de los trabajadores y el código de convenio colectivo al que pertenecen.
Hasta el momento, según informó la entidad, fueron 420.000 los empleadores que solicitaron la ayuda al Estado para hacer frente al pago de salarios.
Los beneficios del programa ATP
-Se postergan o reducen hasta el 95% las contribuciones patronales al SIPA
-El Estado abona un salario complementario a los trabajadores en relación de dependencia,
-Se otorga un crédito a tasa cero para las personas adheridas al régimen simplificado y para los autónomos, según las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central. Tendrá un subsidio del 100% del costo
financiero total.
-Habrá una prestación económica por desempleo que reglamentará la Jefatura de Gabinete.
Requisitos para inscribirse
-Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan
-Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiadas por el covid o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas a la pandemia
-Sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo.
Según la norma, es necesario cumplir “uno o varios” de esos requerimientos para acceder al beneficio