La Justicia rosarina autorizó a una mujer a donar un riñón a un hombre con el que no tiene vínculos familiares. Teniendo en cuenta la naturaleza de la pretensión y los derechos que estaban en juego, el juez en lo civil y comercial Edgardo Bonomelli hizo lugar al planteo en sólo cuatro días. El fallo se basó en el nuevo Código Civil, que establece que la decisión de un donante es “personalísima y de carácter altruista”.
La ley prohíbe la donación entre personas vivas que no sean familiares directos o cónyuges, por eso, en este caso, la Justicia se encargó de dar el visto bueno para que el receptor reciba el trasplante.
El magistrado consideró que de acuerdo a lo indicado por los médicos, el mejor tratamiento sustitutivo que puede realizar el paciente es un trasplante renal, lo que le otorgará una mejor calidad de vida.
El receptor es David L., de 39 años, padre de tres hijos. Dentro de su núcleo familiar no tenía donantes compatibles con él. La mujer que le donará el órgano es una prima de la esposa, Claudia O., de 30 años.
El paciente padece la enfermedad de Fabry, que consiste en el almacenamiento de lípidos que le producen trastornos metabólicos.
El hombre fue patrocinado por las abogadas Carina Mazzeo y Julia Canet. En la resolución, el juez Bonomelli destacó que el Código Civil que rige desde hace dos meses establece que las partes del cuerpo humano no tienen un valor comercial sino afectivo, terapéutico, científico, humanitario o social y sólo pueden ser disponibles por su titular de acuerdo a estos parámetros.
La decisión judicial prioriza el respeto de la decisión personalísima y de carácter totalmente altruista tomada por la donante, como asimismo el derecho a la vida y a la salud del paciente.
“El 27 de agosto pasado pedimos al juez Bonomelli que dicte la sentencia autorizando el trasplante y salió el 31 de ese mes. La sentencia fue bien fundada y con toda la recepción del nuevo Código Civil. Me gusta que se difundan estos casos porque hay muchas personas que están pasando por esta misma situación, que se conozcan ya que la Justicia está muy vapuleada”, destacó Mazzeo.
La letrada explicó a El Ciudadano que la enfermedad que padece David –una insuficiencia renal crónica– data de muchos años y actualmente se está dialisando tres veces por semana en el Sanatorio de la Mujer.
“El procedimiento fue muy estricto ya que citan al donante, al receptor y a testigos de ambas partes y se les realizan una serie de preguntas. Por ejemplo, un psiquiatra forense tiene que constatar que el donante esté en pleno uso de sus facultades mentales, el receptor del órgano tiene que responder cómo nació la relación, por qué quiere donar, todo esto para que no haya nada económico de por medio. Los testigos tienen que testificar si el donante lo hace por amor o por dinero; y una vez que esas pruebas se terminaron de hacer, el juez está en condición de dictar sentencia”, detalló la abogada.
Y concluyó: “David es una persona muy querida. Él realizaba trabajos de vigilancia y su ex jefe le ofreció, después de que sea trasplantado, un mejor lugar para vivir; ya que su casa no está en óptimas condiciones porque no tenía el baño, ni los pisos como debería”.
¿Qué es la enfermedad de Fabry?
Es una enfermedad de almacenamiento lisosómico hereditaria ligada al cromosoma X derivada de muta-ciones en el gen que codifica la enzima galactosidasa. Fue descrita por Johannes Fabry y William Anderson en 1898. La deficiencia en la acción de la galactosidasa ocasiona la acumulación del glucolípido globotriaosilce ramida (abreviado como Gb3 o GL-3) en vasos sanguíneos, tejidos y órganos, lo que ocasiona fallas en su funcionamiento. La enfermedad afecta principalmente a hombres homicigotos, aunque puede afectar también a mujeres heterocigotas u homocigotas en distintos grados. Hay dos tipos de dolor asociados con la enfermedad de Fabry: ardor contínuo y episodios ocasionales de dolor quemante intenso.