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Camaño propone que empresas con actividades riesgosas estén obligadas a una auditoría ambiental

La diputada nacional del Interbloque Federal, presentó un proyecto que obligue a las empresas que tengan actividades riesgosas para el medio ambiente contratar un seguro y un programa de adecuación para cuidar para la prevención del daño

La diputada nacional del Interbloque Federal, Graciela Camaño, presentó un proyecto destinado a reformar la ley de Mercado de Capitales para incorporar un artículo que obligue a las empresas que tengan actividades riesgosas para el medio ambiente a incluir una auditoría ambiental, contratar un seguro y un programa de adecuación para cuidar para la prevención del daño.

El objetivo es institucionalizar la Resolución General N°559/2009 de la Comisión Nacional de Valores en la Ley N° 26.831 donde se obliga a las sociedades incluidas en el régimen de la oferta pública cuyo objeto social contemple actividades que se consideren riesgosas para el ambiente, la verificación de la realización de auditorías ambientales.

De acuerdo al proyecto redactado por Camaño se incorpora el artículo 99 bis a la ley de Mercado de Capitales por el cual las empresas con actividades riesgosas para el medio ambiente deben presentar la realización de auditorías ambientales y los programas de adecuación y su cronograma, y la contratación de un seguro de aplicación ambiental.

En los fundamentos del proyecto, Camaño señala que «la responsabilidad ambiental empresarial es, por un lado, un conjunto de mecanismos de producción que debe aplicar las empresas para minimizar los impactos que producen al medio ambiente, es decir, obtener una producción más limpia».

También advierte que «un financiamiento que genere una oposición social o cause daño al ambiente puede encontrarse con demoras en el pago además de generar una imagen negativa del tomador del financiamiento y el dador de este». Y destaca que » los riesgos relacionados al clima pueden generar pérdidas sustanciales para la economía y el sector financiero».

«Un reporte de la Red de Bancos Centrales y Supervisores para la Ecologización del Sistema Financiero (NGFS) del año 2018 concluyó que los riesgos relacionados al clima son fuentes de riesgo financiero, y por lo tanto caben dentro de la supervisión y mandatos de estabilidad financiera de los bancos centrales y supervisores financieros. Bancos centrales pueden manejar de mejor manera estos riesgos al evaluar y reflejarlos en la regulación y las políticas operativas monetarias».

En ese sentido señala que «por ello, el presente proyecto, al proponerse institucionalizar la RG N°559/2009 que plasmó un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre de la Comisión Nacional de Valores y en aquel momento la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, busca plasmar obligatoriamente la necesidad de que la empresa informe las cuestiones ambientales».

Agrega que el órgano regulador «deberá de acuerdo con su debida diligencia, examinar el cumplimiento de las cláusulas protectoras del ambiente por parte de la entidad financiera, además de ocuparse de realizar un seguimiento respecto del cumplimiento de las normas ambientales por parte de la entidad».

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