La Cámara Penal revocó el procesamiento dictado contra Diego Panadero Ochoa –sindicado jefe de la barrabrava de Newell’s– por la muerte de Maximiliano “Quemadito” Rodríguez. Y alivianó su situación respecto al crimen de Roberto “Pimpi” Caminos: es que si bien el tribunal confirmó su encausamiento como instigador de este hecho, donde ya hay 3 personas condenadas, eliminó el agravante “por precio o promesa remuneratoria”. A su vez, los camaristas desestimaron la decisión de primera instancia respecto a la tentativa de homicidio contra Matías Pera, ex ladero del jefe leproso.
Además, confirmaron el procesamiento de otras 4 personas acusadas de participar en dos ataques, el último fatal, que tuvieron como blanco al “Quemadito” Rodríguez. Finalmente, revocaron el procesamiento de un quinto involucrado en ese hecho, que recuperará la libertad.
En octubre de 2013, el juez Javier Beltramone había procesado al entonces jefe de la barrabrava de Newell’s, Diego Panadero Ochoa. Entonces, el magistrado entendió que había elementos para enviarlo a juicio como instigador de varios hechos de sangre: el homicidio de su antecesor en el para-avalancha, Roberto Pimpi Caminos, ocurrido el 19 de marzo de 2010 en la puerta de un bar de zona oeste, y el ataque a Matías Pera, un ladero de la barra devenido en contrincante, en noviembre de 2010. También le achacó la instigación del ataque a Maximiliano Rodríguez ocurrido en la puerta de la casa de su novia en enero de 2013, y su asesinato –9 días después– en la esquina de Corrientes y Pellegrini.
Pero esas decisiones fueron apeladas y ahora revocadas parcialmente por la Sala 4ª, que consideró insuficientes los elementos para enjuiciar al Panadero por el asesinato de Maximiliano Rodríguez, modificó el procesamiento por la balacera a Pera y alivianó su situación procesal en el homicidio de Caminos.
El crimen de Pimpi
Los camaristas Daniel Acosta, Adolfo Prunoto Laborde y Otto Crippa García confirmaron la revocatoria al archivo que benefició a Ochoa en la causa de Caminos y entendieron que hay elementos suficientes para confirmar su procesamiento como instigador del hecho, aunque eliminaron el agravante “por precio o promesa remuneratoria”. La Cámara entendió que el copamiento al estadio de Ñuls en 2009 por parte de Caminos constituyó una amenaza al liderazgo de Ochoa, a lo que sumó el episodio del “Panadero entangado”, en el que Matías Pera y Maximiliano Rodríguez, junto a otros integrantes de la barra, golpearon y desnudaron al Panadero dentro del estadio. “Eso lleva a pensar que era más necesaria la eliminación de Caminos (el jefe) que la de Maximiliano Rodríguez” refiere el fallo.
A ello sumaron la estrecha relación de Ochoa con Carlos Betito Godoy –hoy condenado como coautor del homicidio de Caminos junto a René Húngaro, además de Emmanuel Suárez como partícipe secundario–, quien fuera cuñado y ladero de Ochoa en la barra.
El mismo Godoy contaba con un celular a nombre del Panadero al momento del homicidio, y mantuvo contactos telefónicos antes y después del crimen. Los camaristas tampoco obviaron el apoyo anímico y económico que Ochoa le brinda, incluso hoy, a Godoy.
Quemadito Rodríguez
En cambio, los camaristas entendieron que no existen elementos suficientes para considerar a Ochoa instigador del atentado a Rodríguez y su posterior homicidio. El tribunal entendió que el liderazgo del Panadero en la barrabrava “no era sólido” y ya no contaba con Godoy como su lugarteniente. Interpretan que su jefatura estaba lejos de provocar una venganza mortal ante el episodio de humillación que vivió el líder de la barrabrava cuando fue “bajado” del para-avalanchas, refiere el fallo. Y sostuvieron que no está probado que el Panadero contratara los servicios de su abogado para la defensa de Héctor Rodríguez, alias El Porteño, procesado como coautor del homicidio del Quemadito.
Los camaristas no descartaron, en base a la prueba colectada, que los proyectos de la víctima se hayan orientado hacia el comercio de estupefacientes y todo emprendimiento mafioso que le dejara dinero, sostiene el fallo, y cuestionaron la credibilidad de los testigos que involucran al Panadero, entre los que se encuentran el padre, el cuñado de la víctima y Matías Pera. A su vez, la Cámara confirmó el procesamiento de Sergio Federico A., Walter A. y Héctor David R. como coautores del homicidio triplemente calificado de Maximiliano Rodríguez, aunque revocó el agravante “por precio o promesa remuneratoria”. También avaló la decisión de mandar a juicio a Marcelo Jesús R., como presunto entregador. Respecto a Emilio Gerardo S., procesado por participar en el primer ataque a Rodríguez, el tribunal entendió que sólo existen sospechas en su contra, por lo que le revocó el procesamiento.
Finalmente la Cámara se refirió al ataque a balazos a Matías Pera en 2009. Sostuvo que el fallo de Beltramone cita el episodio aunque deja dudas acerca de la voluntad resolutiva.
Si bien no queda clara la decisión al respecto, fuentes consultadas interpretaron que ese procesamiento quedó desvirtuado por falta de fundamentos.
Defensa, conforme
La defensa de Ochoa, a cargo de Ignacio Carbone y Juan Ubiedo, mostró su conformidad con el fallo más allá de la confirmación del procesamiento en la causa Caminos. “Fue un trabajo muy duro de la defensa y se logró determinar que no hay pruebas ni indicios que avalen la acusación contra nuestro cliente”, detalló Carbone. El letrado agregó que el homicidio de Caminos se produjo hace casi 5 años por lo que no existe la posibilidad de entorpecimiento probatorio, por lo que es posible que analicen plantear un pedido de libertad, concluyó.