La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó un fallo que «suspende los efectos del despido» de trabajadores en la agencia de noticias oficial Télam. La medida incluye a sólo cinco empleados, pero sienta precedente respecto de otras acciones contra la decisión del Sistema Federal de Medios Públicos, a cargo de Hernán Lombardi. La resolución judicial ratifica que la cesantía masiva no cumple con los requisitos previos de estos casos, como el pedido previo de procedimiento preventivo de crisis.
El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (Sipreba) informó que el fallo ratifica la “nulidad” de la mecánica aplicada a los 357 despedidos. “Se prefiguran los elementos objetivos que tornan obligatorio el procedimiento preventivo de crisis”, sostiene la Cámara al confirmar lo resuelto por por el Juzgado Nacional de Apelaciones del Trabajo número 22.
Télam: La justicia anuló los despidos de @herlombardi https://t.co/xlwomaGNNg
— Sindicato Prensa BA (@sipreba) 22 de agosto de 2018
La reincorporación de cinco de los 357 trabajadores de Télam había sido ordenada en primera instancia el 13 de julio último. Esa decisión fue apelada por la agencia dirigida por Rodolfo Pousá y comandada por Lombardi. El argumento de la Cámara ratifica el del Juzgado: el gobierno no cumplió con el trámite del Procedimiento de Crisis ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, un requisito obligatorio antes de proceder a despidos masivos.
Para el sindicato, la “nulidad” declarada por los jueces Enrique Arias Gibert y Miguel Rodríguez Brunengo fija una regla de orden general que puede incluir a los demás cesanteados en junio pasado. El fallo “constituye un antecedente insoslayable para todos los otros casos judicializados; cientos de ellos a resolverse por los mismos magistrados”, cifró su esperanza Sipreba en un comunicado.
«Entiendo que corresponde confirmar la sentencia de origen en tanto suspende los efectos del despido hasta que se resuelva la pretensión de nulidad del despido en el proceso de conocimiento que deberá iniciarse so pena de caducidad de la medida cautelar», argumentó el juez Arias Gibert.
La Comisión Gremial Interna de Télam celebró la medida y remarcó que «la sentencia de Cámara dispone la reincorporación directa de cinco trabajadores y la comunicación al Ministerio de Trabajo de la Nación para la apertura del Procedimiento Preventivo de Crisis no realizado por Télam que, una vez abierto, tiene por primer efecto la reincorporación de los otros 352 trabajadores despedidos».
Más apelaciones
Organizaciones de abogados, juristas, periodistas, comunicadores y académicos, de la Argentina se presentaron ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que estudia el expediente judicial sobre los despidos en Télam.
Según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Constitución Nacional, los tratados internacionales, la jurisprudencia del máximo tribunal nacional y las interpretaciones realizadas por los órganos internacionales dan cuenta de que el/la trabajador/a y su derecho al trabajo son objetos de preferente protección.