La Cámara de Apelación Penal de Rafaela, que había cerrado la causa que condenaba al chofer del ómnibus que transportaba a los chicos del Colegio Ecos en el siniestro vial ocurrido en el 2006 con diez personas muertas por haber prescripto, ahora pidió permiso a la Corte Suprema de Santa Fe para revisar su propio fallo y analizar la posibilidad de levantar la prescripción.
«Este es un paso protocolar, es posible que la Corte Suprema decida antes de la feria de invierno sobre el pedido de la Cámara, pero de todas maneras, después de nueve años, la Justicia de Santa Fe nos faltó el respeto a los familiares de las víctimas», dijo Sergio Levin, padre de uno de los chicos fallecidos a la agencia Télam.
En diciembre de 2014, la Cámara había revocado el fallo que condenaba a Oscar Atamañuk, el chofer del micro que transportaba alumnos del Colegio Ecos y que chocó contra un camión en la localidad santafesina de Margarita, causando la muerte de nueve chicos y una docente.
En esa oportunidad los camaristas de Rafaela dictaron el sobreseimiento del imputado por prescripción de la causa.
Atamañuk había sido condenado en julio de 2013 por la Justicia de Reconquista a la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos por el término de ocho años.
El hombre, hoy radicado en la provincia de Corrientes, donde –según los familiares de las víctimas– maneja remises, fue hallado culpable de los delitos de «homicidio culposo múltiple agravado y lesiones culposas agravadas en concurso ideal».
La Cámara de Rafaela sobreseyó a Atamañuk «por haberse operado la extinción de la acción penal por prescripción» y esta sentencia dejó sin efecto el fallo del juez en lo Penal de Reconquista, Jorge Fernández que lo condenaba.
La tragedia ocurrió en octubre de 2006, cuando alumnos y docentes del Colegio Ecos del barrio porteño de Villa Crespo retornaban de un viaje solidario a la provincia del Chaco.
Cuando el micro transitaba por la ruta nacional 11 en dirección norte-sur, cerca de la localidad de Margarita, fue embestido de frente por un camión cuyo conductor estaba borracho, identificado luego como Ángel Soto.
En el accidente murieron nueve chicos, una profesora, el chofer del camión y su acompañante, que también estaba alcoholizado.
La causa había tenido un primer fallo absolutorio el 26 de octubre de 2009, dictado por el juez Penal Correccional de Reconquista, Jorge Galbusera, que fue revocado por la Cámara de Apelación en lo Penal de la ciudad de Vera, el 28 de diciembre de 2010.
Posteriormente, el 24 de octubre de 2011, el juez en lo Penal de Instrucción de Reconquista, Virgilio Pallud, dictó un nuevo fallo, ahora condenando al imputado como autor de los delitos de homicidio culposo múltiple agravado y lesiones culposas agravadas en concurso ideal, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos por el término de siete años.
La apelación de la condena determinó que se diera competencia a la Cámara de Apelación en lo Penal de Rafaela, que por sentencia del 2 de noviembre de 2012 dispuso la anulación del fallo «por no haberse llevado a cabo la entrevista con el imputado que manda el artículo 41 del Código Penal.