A partir de una resolución del Ministerio de Trabajo publicada este jueves en el boletín oficial, los kioscos de diarios podrán entregar correspondencia general, productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico, y documentación sensible como tarjetas de débito y crédito, DNI y pasaportes.
Según el texto oficial, los titulares de parada y reparto de diarios y revistas que se encuentren reconocidos e inscriptos, o en trámite de inscripción” en el Ministerio de Trabajo, podrán incorporar la serie de prestaciones.
Los titulares deberán solicitar una Credencial Adicional la que será emitida por la autoridad de aplicación, aclara la resolución.
Además, explicó que esta decisión no otorga más derechos a los titulares de paradas y repartos que la habilitación expresa para desarrollar plenamente las nuevas actividades.
También se puntualizó que para llevar a cabo esas tareas adicionales, podrán contratar dichos servicios con empresas de logística en general, y las respectivas asociaciones sindicales suscribir los acuerdos marco que correspondan.
El Poder Ejecutivo justificó esta medida al señalar que “a través de la regularización registral de los trabajadores vendedores de diarios, revistas y afines, se han observado las problemáticas que afrontan los vendedores en su práctica laboral concreta”.
“El ingreso de los vendedores y distribuidores se viene erosionando por el deterioro que viene sufriendo la venta de diarios y revistas, principalmente por el avance de la tecnología y la lectura de diarios y revistas en formato digital”, añadió.