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Casación confirmó la mayoría de las condenas por la causa de encubrimiento al atentado a la Amia

Los tres jueces de la Sala 2 utilizaron la resolución para culpar a Irán y a Hezbollah de los atentados contra la mutual y la Embajada de Israel. Calificaron al ataque a la Amia como un "crimen de lesa humanidad"

El Destape Web

La sala 2 de la Cámara de Casación Federal dictó este jueves sentencia definitiva en el caso de encubrimiento del atentado a la AMIA. Los jueces utilizaron los considerandos de la sentencia para concluir que los ataques a la Embajada de Israel, en 1992, y a la AMIA, en 1994, fueron ordenadas por Irán y ejecutados por la organización islamista libanesa Hezbollah. Además, calificaron al ataque a la mutual como «un crimen de lesa humanidad».

Pese a que Casación hizo un análisis sobre los responsables de ambos ataques, ni la causa AMIA ni el caso del atentado a la embajada en manos de la Corte Suprema fueron aún resueltos y continúan abiertos. 

En el fallo de la cámara que integran Carlos Mahiques, Angela Ledesma y Diego Barroetaveña se confirmó la absolución de Carlos Telleldín, sobre quien no se pudo probar que hubiera tenido en sus manos la camioneta Renault Traffic que estalló el 18 de julio de 1994 en la calle Pasteur 633. «No se cuenta con pruebas suficientes que lo vinculen» al armado del coche bomba, opinaron.

La nueva sentencia reafirmó la responsabilidad criminal del ex juez Juan José Galeano, del ex director de la SIDE, Hugo Alfredo Anzorreguy; del ex subdirector de Contrainteligencia de esa secretaría, Patricio Miguel Finnen, y del primer imputado en la causa, Carlos Telleldín, en la sustracción de los fondos reservados de la Secretaría de Inteligencia del Estado (cuatrocientos mil dólares estadounidenses), y la entrega de ese dinero a Telledin para que prestara una nueva declaración de los hechos, antes consensuada con el entonces juez de la causa. Además, revocó la condena de la ex pareja de Telleldín, Ana María Boragni, y confirmó las absoluciones dictadas en favor del abogado Víctor Stinfale y Rubén Ezra Beraja.

Las conclusiones de la sentencia

En el fallo, Mahiques afirmó que tanto el atentado a la Embajada de Israel como a la AMIA «respondieron a un designio político y estratégico de la República Islámica de Irán, y fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah que actuó bajo la inspiración, organización, planificación y financiamiento de organismos estatales y paraestatales».

Los tres jueces reafirmaron que el atentado a la AMIA debe calificarse como un crimen de lesa humanidad. Además, señalaron que la responsabilidad podría caer sobre Irán, que podría ser calificado como, opinaron, un Estado «terrorista», por lo que plantean la posibilidad que el Poder Ejecutivo avance en un reclamo a nivel diplomático o ante una corte internacional. «Todos los hechos, incluidos los denominados ‘conexos’ fueron igualmente declarados imprescriptibles ya que estuvieron vinculados de un modo u otro con la desviación del curso de la investigación que impidió, o demoró su avance y la obtención de resultados satisfactorios», agregó el comunicado de prensa difundido.

Y concluyó: «La sentencia contiene una fuerte exhortación a los jueces a cargo de las causas conexas que todavía continúan en trámite y que se vinculan de diferente manera con el atentado a que se avance con mayor celeridad, y a los poderes ejecutivo y legislativo para que definan a la brevedad políticas públicas en relación a la instauración del proceso en ausencia, la creación de agencias federales de investigación para delitos complejos como el terrorismo, la modernización y dotación de mayores recursos en el proceso de sistematización y conocimiento de la documentación de inteligencia que fue desclasificada y que, a casi treinta años de cometido el atentado, aún no ha concluido».

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