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Casación ratificó absolución de Cristóbal López y Fabián de Souza en caso Oil Combustibles

Los jueces entendieron que no hubo fraude al Estado y que Oil Combustibles no tenía una deuda de $ 8.000 millones, como publicó en 2016 el diario La Nación

La Cámara de Casación ratificó la absolución de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa en la causa en la que fueron acusados por una supuesta defraudación con la percepción del impuesto a los combustibles y si bien confirmó la responsabilidad penal del ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray dispuso una virtual rebaja de su condena.

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Echegaray fue el único condenado -tras un juicio oral que se extendió durante más de dos años- a la pena de cuatro años y ocho meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Pero la Cámara de Casación, con las firmas de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, consideró que “al momento de fijarse el monto punitivo, se han evaluado elementos que ya habían sido analizados precisamente para dar cuenta de la configuración típica del ilícito por el cual el nombrado fue condenado, afectando al principio del ne bis in ídem” (nadie puede ser penado dos veces por un mismo hecho).

“Se advierte arbitrariedad en el razonamiento seguido por el tribunal, al efectuar una doble valoración prohibida al momento de la imposición del monto de pena, pues hizo mención a pautas de mensura que ya habían sido tomadas en cuenta para establecer y determinar el alcance del tipo penal bajo el cual se subsumió la conducta ilícita desplegada por el imputado”, sostuvo la Casación, al reenviar el fallo a la instancia anterior para una readecuación de la pena.

En cuanto a López y De Sousa, el fallo confirmó las absoluciones a raíz de «la ausencia del estado de certeza exigido para el dictado de una sentencia condenatoria».

«Frente a la prueba de cargo en la que se apoyó la acusación para sostener este tramo de su hipótesis, se alzaron otros elementos convictivos en el sentido contrario, que si bien no la desvirtúan completamente, sí generan un margen de duda razonable sobre la efectiva ocurrencia de los hechos”, confirmaron los camaristas del máximo tribunal penal.

La situación de los empresarios, según el fallo, es diferente a la de Echegaray, en su calidad de funcionario público.

López y de Sousa no son infractores del deber (u obligación) de fidelidad en la gestión de administración, que sí recaía completamente en cabeza del ex Administrador Federal”, resumieron los jueces.

Además, el fallo sostiene que en el caso de los dueños de Oil Combustibles “no fue posible inferir ningún beneficio especial que brindara algún tipo de sustento relevante para la imputación formulada”.

Cuando la mentira es la verdad

El rol de La Nación y Alconada Mon

Los empresarios López y De Sousa fueron imputados y encarcelados durante la gestión de Mauricio Macri al frente del Ejecutivo, mientras se denunciaba una mesa judicial por la cual está prófugo en el Uruguay Fabián «Pepín» Rodríguez Simón. La ofensiva se dio primero a través de notas escritas en el diario La Nación por el periodista Alconada Mon.

En junio pasado, el empresario Cristóbal López cruzó Alconada Mon luego de una nueva nota que fue calificada por el titular de Indalo como una operación mediática en contra el grupo empresarial y sus dueños con una nota publicada en el diario La Nación cargada de «información errada y falsa».

«Como cada vez que lo mandan a Alconada a escribir sobre mi persona o nuestras empresas, lo hace con información errada o simplemente falsa», escribió López en un hilo de Twitter en el que se dedicó a desarticular cada una de lo que calificó como mentiras del periodista.

«Ya desde su título la nota brinda información falsa, porque se afirma que el empresario había demandado al Estado por cifras millonarias tras ser absuelto en el caso Oil Combustibles cuando en realidad la denuncia era contra el Senasa, su ex titular Ricardo Negri y tres letrados: Agustín Medrano, Jorge Luis Darriba y Marcos Apud. Ellos provocaron daños por una interpretación maliciosa de la inhibición dispuesta por el juez Ercolini», manifestó.

Luego explicó que lejos de querer “amedrentar a quienes efectúan tareas de contralor público” como dice la nota, lo que se pretende es que los funcionarios respondan por su accionar «con su patrimonio, sin trasladarle al Estado los costos de su proceder».

«Las demandas no fueron interpuestas tras ser absuelto. Existen desde mucho tiempo antes de mi absolución (diciembre de 2021): la de GSE es de octubre de 2018 y las de Ganadera Victoria y Sucesores son de febrero de 2021», expresó el empresario.

En otro de los puntos señala que la nota no precisó cuánto le reclama al Senasa, Negri y los abogados. «Es una demanda por monto indeterminado y por lo tanto no hay necesidad de precisar el monto del reclamo, que surgirá de la prueba que se produzca en el trámite judicial», indicó.

Luego manifestó que no es cierto que “tres estrados judiciales confirmaron las decisiones del Senasa”, ya que «no hubo ninguna decisión judicial que convalide la conducta del organismo». «Es más, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal N°3 le pidió al Senasa que nos deje comercializar», aclaró.

«Puedo seguir párrafo por párrafo: son tantos los errores que la demanda es solo por ovejas y la nota incluye vacas y caballos. Las cifras tampoco fueron cuestionadas y coinciden con Sigsa. La mediación extrajudicial no es obligatoria: aún así lo intentamos y el Senasa no acudió», agregó

«Podría seguir infinitamente y vamos a llegar a la misma conclusión: como demostró cada vez que lo citaron a declarar ante un tribunal, Alconada simplemente repite lo que le escriben sin chequear la información. A esta altura, más que una costumbre es complicidad», completó el empresario.

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