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Caso Herrera de Noble: Casación define el jueves

La Cámara Nacional de Casación Penal resolverá el próximo jueves si avala la decisión de extraer sin consentimiento muestras de sangre o saliva a los hijos adoptivos de Ernestina Herrera de Noble.

La Cámara Nacional de Casación Penal resolverá el próximo jueves si avala la decisión de extraer sin consentimiento muestras de sangre o saliva a los hijos adoptivos de la directora del diario Clarín, Ernestina Herrera de Noble, para determinar si fueron apropiados en la última dictadura militar.

Durante la audiencia de hoy se denunció que Marcela y Felipe Herrera Noble son «usados como escudo» para proteger a la imputada en la causa.

«Se los usa como escudos para proteger a la imputada», en alusión a Herrera de Noble, sostuvo el abogado querellante Pablo Llonto,  uno de los últimos en exponer ante los camaristas de la sala II del máximo tribunal penal del país Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci.

A lo largo de dos horas, los jueces escucharon todos los argumentos, comenzando por el de los apelantes abogados de Felipe y Marcela Noble Herrera, a quienes se opusieron el fiscal Raúl Plee, los querellantes Abuelas de Plaza de Mayo y los letrados de dos familias que buscan bebés nacidos en centros clandestinos de detención.

El Tribunal anunció la resolución para el jueves próximo, 2 de junio, a las 12, aunque se descuenta que cualquier decisión será recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como anunciaron todas las partes.

En la apertura, los abogados de los jóvenes sostuvieron que debe revocarse la decisión de la juez federal de San Martín, Sandra Arroyo Salgado, ratificada por la Cámara Federal de San Martín, que ordenó la toma de muestras de sangre, saliva o cabellos «con o sin consentimiento» de las víctimas.

La magistrada busca con esa decisión obtener el ADN y cruzarlo con todas las muestras existentes o de futuro almacenamiento en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) que funciona en el hospital Durand, para determinar si fueron bebés apropiados en la última dictadura.

Los abogados Alejandro Carrió y Roxana Piña argumentaron que sus clientes, Felipe y Marcela, se oponen a la extracción compulsiva por ser «inconstitucional» y «violatoria de su derecho a la autonomía», además de verse eventualmente obligados a aportar con los resultados pruebas que podrían incriminar a la persona a quien «aman» en alusión a la directora de Clarín, imputada en la causa.

Además dijeron a los camaristas que si el caso llegase a la Corte en su opinión habría «por lo menos cuatro votos» contra la decisión tomada para con los Noble, en base a posturas sentadas en otros fallos del máximo tribunal relativos a extracciones compulsivas de sangre por apropiaciones de nacidos en centros clandestinos de detención, algo que fue luego rebatido por los querellantes.

La postura de los abogados de los Herrera Noble fue contrarrestada en primer término por el fiscal ante Casación, Raúl Plee, quien estuvo a favor de rechazar la apelación y ordenar el estudio de histocompatibilidad dispuesto en diciembre pasado.

«Se han dado los motivos de necesidad y razonabilidad» que fundamentan la medida», en el marco de la cual «se están respetando los principios de identidad» de las víctimas en un caso «donde se han agotado todas las demás posibilidades».

Las exposiciones fueron seguidas por la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, sentada junto al abogado del organismo Alan Iud y el fiscal Plee, quien reemplazó a su colega Juan Martín Romero Victorica, denunciado por supuesta protección a un apropiador de una beba nacida en cautiverio y que se apartó de la causa por razones de «delicadeza y decoro».

Plee, el más breve de los expositores, se manifestó a favor de rechazar la apelación porque se sabe que «es la última posibilidad que tiene el Estado de efectuar una medida de estas características».

«Entendemos que concretamente resulta imposible la obtención de muestras y esa frustración es inexorable, porque la defensa se opone a cualquier clase de búsqueda alternativa para extraer ADN para el informe de histocompatibilidad», dijo.

«Hubo privación ilegal de la libertad deliberada, la sustracción de un menor es delito de lesa humanidad y hay una deliberada negativa a informar dónde están los desaparecidos y la prole de ellos, fruto de los nacimientos en cautiverio comprobados. Estamos en presencia de un delito que en el tiempo ha ido continuando en su ejecución», advirtió.

«No estamos en presencia de un acto más, es un acto del Estado para hacer cesar la ejecución de un delito, se trata concretamente del Estado como coautor de un delito. El Estado sigue siendo el mismo y está obligado de alguna manera a hacerlo cesar», agregó.

Plee consideró que el Estado «está obligado a hacer cesar el delito del que fue coautor y si no lo hiciera seguiría no sólo colaborando con el ilícito sino continuando con el trato inhumano hacia los que piden saber qué ha ocurrido».

«Aquí no se trata de considerar al Estado versus dos personas sino el Estado frente a dos personas y a centenares de familias que son víctimas de un delito cometido desde el propio Estado», agregó en referencia a los Noble y a las familias que buscan bebés apropiados en la dictadura.

A su turno el abogado de Abuelas consideró que «hay sobrados elementos» para barajar la hipótesis de que los dos jóvenes son «hijos biológicos de desaparecidos» por lo cual la medida del análisis sin consentimiento «es legal, constitucional y se adecua a jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación», sostuvo Iud.

«El fundamento de la medida es la imposibilidad de obtener ADN por vías alternativas» tras distintos intentos anulados por la justicia por entender que hubo irregularidades, como por ejemplo el secuestro de ropa y elementos personales el año pasado donde según la juez Arroyo Salgado la policía incumplió sus directivas.

Además, argumentó Iud, «nunca queda claro si el agravio es por el resultado de la medida o por el modo en que habrá de practicarse» en alusión a la posibilidad de que su resultado complique la situación de la directora de Clarín.

«En esta causa la hipótesis sólida es que puedan ser hijos de desparecidos, está probado que los expedientes de guarda tienen innumerables irregularidades, se presentaron testigos de un hallazgo que se verificó que no fue tal, en el caso de Marcela Noble Herrera», quien según su madre adoptiva fue dejada en la puerta de su casa.

«Se verificó que la presunta vivienda de Ernestina Herrera de Noble en San Isidro no era tal y ni siquiera los vecinos que declararon vivían ahí y otro era su chofer personal», agregó.

En el caso de Felipe, «la persona que invocaba que lo dio en adopción no existía», y «se verificó que la misma jueza que dispuso la guarda en favor de Ernestina había dado en guarda a otro niño hijo de desaparecidos sabiendo esa circunstancia», agregó Iud.

La causa penal se abrió hace diez años con denuncia de Estela de Carlotto ante el entonces juez federal de San Isidro, Roberto Marquevich, y desde entonces se consideran probadas las irregularidades en las adopciones y sólo falta el análisis biológico para determinar la identidad de los dos jóvenes.

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