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Caso Matías Bragagnolo: cinco imputados van a juicio oral 16 años después del crimen

Tras sortear una larga cadena de obstáculos, el Tribunal Oral de Menores número dos iniciará el próximo 30 de mayo el debate oral. Están previstas 22 audiencias hasta mediados de septiembre

Cinco acusados por el “homicidio preterintencional” del adolescente Matías Bragagnolo, ocurrido hace más de 16 años, afrontarán un juicio oral –el segundo de un intrincado proceso judicial- a partir del próximo 30 de mayo. Se trata de Andrés Espósito Salati, Gastón Fucks, Martín Exequiel Martínez, Alejandro Bartra y Alejandro Arvia, quienes serán juzgados por el Tribunal Oral de Menores número dos.

Si bien hoy todos son mayores de edad, serán juzgados por un Tribunal de Menores (integrado por los jueces Fernando Pisano, Alejandra Quinteiro y Diego Freedman) porque al momento de los hechos aún no habían cumplido los 18 años.

Matías Bragagnolo tenía 16 años cuando junto con dos amigos fue atacado al salir de una fiesta privada en un departamento del edificio en Ortiz de Ocampo al 2800 para ir a comprar bebidas.

En un primer juicio, en 2014, fueron condenados a dos años de prisión en suspenso uno de los agresores y a dos años y medio de cárcel (también en suspenso) el ex policía Luis Villegas, quien interceptó a Bragagnolo cuando regresó al edificio, por «vejaciones e incumplimiento de los deberes de funcionario público».

El nuevo juicio oral, que comenzará el 30 de mayo, se extenderá hasta mediados de setiembre, con un esquema de 22 audiencias. El tribunal sesionará los días 6, 9, 13, 16, 23, 27 y 30 de junio; 4, 7, 11 y 14 de julio; 8, 11, 18, 22, 25 y 29 de agosto; y 1, 5, 8, 12 y 15 de septiembre.

La figura por la que serán juzgados los cinco imputados, “homicidio preterintencional”, es una de las formas atenuadas para el delito de “homicidio”.

El artículo 81 del Código Penal establece que “se impondrá reclusión de tres a seis años… al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”.

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