El juicio abreviado por la llamada megacausa Monos tuvo ayer un nuevo capítulo en los Tribunales provinciales. Luego de que en julio la Justicia decidiera homologar sólo la parte referida a la asociación ilícita de la banda, que implicó la condena de 14 personas, y anular la que respecta al homicidio de Diego Demarre, que involucra a Ariel “Guille” Cantero, Emmanuel Chamorro y Leandro Vilches, la defensa de los tres condenados apeló la medida. En los argumentos presentados, los cuatro abogados defensores y Guillermo Camporini, en representación del Ministerio Público de la Acusación, defendieron el acuerdo abreviado. El juez Daniel Acosta escuchó a todos y llamó a un cuarto intermedio para una hora y media después, cuando estaba previsto que diera a conocer su resolución. Sin embargo, al mediodía no regresó a la sala y a través de un vocero anunció que la espera se prolongaría hasta mañana a las 11. El magistrado es el mismo que hace dos semanas conformó el Tribunal que revisó las condenas por el Triple Crimen de Villa Moreno.
A fines de julio, los jueces Edgardo Fertita, Julio Kesuani y José Luis Mascali habían resuelto homologar la parte del juicio abreviado que tiene que ver con el proceso por asociación ilícita, que implica penas menores para 14 de los integrantes del clan de barrio La Granada. Sin embargo, los magistrados objetaron el homicidio de Diego Demarre, del que se acusa a sólo tres de los encausados, Ariel “Guille” Cantero, Emmanuel Chamorro y Leandro Vilches. Lo que los jueces de Sentencia objetaron en el fallo es por qué la muerte de Demarre, donde Cantero fue procesado por homicidio calificado con premeditación y Vilche y Chamorro como partícipes primarios, se transformó, a través del acuerdo entre las partes de abril pasado, en una complicidad secundaria en homicidio simple para los tres sin que se argumentara dicha modificación.
En la audiencia de apelación celebrada ayer a las 9 en Tribunales, los cuatro abogados defensores de los tres condenados decidieron presentar en bloque los argumentos en contra del fallo y coincidieron en que la medida no respetó el principio de los abreviados: el acuerdo entre las partes.
Jorge Bedouret sostuvo que la causa de Los Monos “parece acomodarse a cada juez”.
Según el defensor, “en julio, Fertita decidió conformar un tribunal con otros dos jueces y dictaron una resolución que no responde a ningún principio de legalidad. El juez quiso desviar el blanco de atención y distribuir la responsabilidad”.
Por su parte, Adrián Martínez recordó que el acuerdo abreviado ya había sido admitido por el juez Luis Caterina. “Tenemos una resolución que admite el acuerdo y otra que lo anula, con dos jueces del mismo grado. El doble juicio de admisibilidad es ilegal”.
Fausto Yrure apuntó en el mismo sentido: “En más de 500 abreviados que lleva el nuevo sistema nunca hubo un doble control de admisibilidad y en ninguno se le pidió mayor argumentación a la Fiscalía”. Y explicó: “El tribunal habló de preservar el beneficio del imputado, pero después hizo lo contrario. Lo que los comentaristas del nuevo código dicen que no se puede hacer, lo hicieron: meterse en el acuerdo entre partes”.
“El Tribunal dijo que tenía que controlar la legalidad, que la Fiscalía no había argumentado lo suficiente, que había choque de principios. En el abreviado, la Fiscalía presentó diez páginas que argumentaban la participación secundaria de Cantero en el homicidio. Pero los jueces dicen que es insuficiente. El Tribunal se arrogó representar a la sociedad y eso le corresponde a la Fiscalía”, subrayó Yrure.
Finalmente, Carlos Hugo Varela apuntó a que si no fuera Ariel Cantero el acusado, el acuerdo se habría homologado. “Los fiscales como Camporini tienen experiencia. Cuando se hizo la evaluación de la prueba, la Fiscalía decidió ir por alguna condena, antes que iniciar un camino que llevaba a la absolución de los tres imputados. ¿Y por qué la defensa fue a un acuerdo? Porque nosotros también tenemos experiencia y nuestros clientes están en la mira de todos. Sabemos que si bien no hay pruebas para condenarlos y que el proceso conduciría a la absolución, los que los juzgan son los mismos que de un manotazo declaran la nulidad de un acuerdo”, subrayó.
El fiscal Camporini coincidió con los defensores: “Esta audiencia no se tendría que haber hecho. Estaban todas las condiciones legales para que se dé el abreviado, que fue declarado admisible por los jueces (Alejandra) Rodenas y Caterina. Para el ministerio público era imposible que se declare la nulidad porque no era un acto del Tribunal sino de las partes, que estuvimos de acuerdo. El abreviado era admisible o inadmisible, algo que ya habían determinado Rodenas y Caterina”.
Al finalizar los argumentos de las partes, el juez llamó a un cuarto intermedio para una hora y media después, cuando estaba previsto que diera a conocer su resolución. Sin embargo, al mediodía no regresó a la sala y a través de un vocero anunció que la espera se prolongaría hasta mañana a las 11.