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Cobrarle al que cobra

Desde mañana rige la “tasa de reciprocidad”: todo turista o viajero por negocios que ingrese a Ezeiza deberá pagar, si su país les hace pagar a los argentinos

Poniendo estaba el turista. Estados Unidos, entre otros países, cobra visa a argentinos.
Poniendo estaba el turista. Estados Unidos, entre otros países, cobra visa a argentinos.

Desde mañana comenzará a cobrarse la “tasa de solicitud de ingreso al país por motivo de turismo o negocios”, más conocida como “tasa de reciprocidad” en el aeropuerto internacional de Ezeiza. Es la tasa aplicada a los extranjeros nativos de países que exigen visa a los viajeros argentinos. “Argentina no pedirá una visa sino que sólo cobrará una tasa, tal como lo hacen Brasil y Chile con los extranjeros de países que piden visa a sus ciudadanos”, precisó el ministro del Interior, Florencio Randazzo.

El Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), iniciará en la terminal aérea el cobro de esa tasa a quienes, al ingresar al país por turismo o negocios, provengan de naciones que a su vez exigen el pago de una visa a los argentinos para entrar a ellos, se informó oficialmente.

El ministro del Interior indicó que “el monto de la tasa es equivalente al que abonan los argentinos por la solicitud de visas para viajar a dichos países, y la vigencia es similar a la que los mismos conceden”.

Randazzo adelantó que en el caso de Argentina, “lo que se recaude por esta tasa permitirá modernizar los pasos fronterizos y la actividad de control migratorio de los que ingresan a la Argentina por vía aéreas, terrestre, marítima y fluvial”.

“Nos permitirá avanzar en la informatización de todas las fronteras, actualizar los equipos y cumplir estándares y parámetros internacionales relacionados con la identificación biométrica”, añadió el funcionario.

Randazzo detalló que “la tasa será abonada por los extranjeros al momento del ingreso a la Argentina y en una primera etapa se implementará exclusivamente en el aeropuerto de Ezeiza”, donde habrá boxes habilitados para el cobro.

El pago, según lo dispuesto por el decreto 1.654/2008, deberá realizarse en dólares estadounidenses o pesos argentinos de acuerdo al tipo de cambio del día; en efectivo, con tarjeta de crédito o cheques de viajeros.

Según el título del decreto de marras lo deberán efectuar “los extranjeros que se encuentren eximidos de la visacion consular argentina por motivos de turismo o negocios y que sean nacionales de países que exijan a los ciudadanos argentinos el pago de una tasa por la solicitud y/o tramitación de visa consular de ingreso a sus respectivos territorios”.

De hecho en los considerandos de la norma, el segundo punto recuerda que algunos países –cuyos ciudadanos pueden entrar a la Argentina “sin visa ni pago de tasa retributiva alguna”– no dispensan igual trato, sino que “exigen a los ciudadanos argentinos el pago de una tasa por la solicitud y/o tramitación de la visa para el ingreso a sus territorios”, como Estados Unidos, Canadá, Australia y Tailandia, entre otros.

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