La moratoria para tributos provinciales comenzará a regir el 10 de enero y se extenderá hasta el 3 de abril. Permitirá a los contribuyentes morosos cancelar deudas acumuladas entre 2007 y 2012. Entre otros beneficios, establece planes de pago de hasta 36 cuotas y quitas de hasta el 70 por ciento de los intereses para quienes salden sus obligaciones al contado. El régimen abarca a todos los impuestos provinciales.
La Secretaría de Ingresos Públicos confirmó que el jueves 10 de enero comenzará a regir la moratoria, que estará en vigencia hasta el 3 de abril. El llamado régimen de regularización tributaria contempla deudas en concepto de Ingresos Brutos, Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural, Sellos, Ley 5.110, Contribución de Mejoras, Actividades Hípicas, Patente, Tasa Retributiva de Servicios y Aportes al Instituto Becario.
Con el régimen de regularización tributaria, sancionado a fines de noviembre por la Legislatura, el gobierno pretende recaudar entre 80 y 85 millones de pesos.
Los contribuyentes podrán realizar convenios de pago de 12, 24 o 36 cuotas, mientras que por pago al contado, hasta el 4 de marzo, habrá quitas de hasta un 70 por ciento sobre los intereses.
El secretario de Ingresos Públicos de la provincia, Sergio Beccari, explicó que “la deuda se calcula sobre el capital y a eso se le agrega un adicional de intereses que es del 1 por ciento, esto es un 12 por ciento anual sobre los años que se adeuden”.
“Por pago al contado se realizará un 70 por ciento de descuento de esos intereses, cuando el pago se realice entre el 10 de enero y el 4 de marzo. Y en el caso de las cuotas, se cobrará la deuda más los intereses en un máximo de 36 cuotas”, agregó el funcionario.
“En el caso del impuesto Inmobiliario, para quienes tengan una vivienda única en vez del 70 por ciento, la reducción se extiende al 100 por ciento de los intereses resarcitorios”, continuó Beccari.
“En el caso de Ingresos Brutos, para aquellos contribuyentes que tengan un comercio que factura hasta 96 mil pesos anuales, tendrán una reducción mayor del régimen general, que será del 100 por ciento de todos los intereses de la deuda que tiene con la API (Administración Provincial de Impuestos)”.
Los trámites se podrán realizar a través de la página web de la API y en las 40 delegaciones y corresponsalías de la provincia, que estarán habilitadas para registrar a los contribuyentes que deseen acogerse a la moratoria.