La Defensoría del Pueblo de Santa Fe informó que se encuentra vigente la posibilidad de acceder a un plan de regularización de deudas contraídas con la empresa Litoral Gas por el servicio de gas natural por red.
El Ministerio de Economía, mediante la resolución 383/2021, resolvió que las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán otorgar, a las usuarias y usuarios residenciales y no residenciales beneficiados por la suspensión de cortes de servicio establecida en el decreto 311/2020, planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, para cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del citado decreto.
No obstante, los clientes pueden solicitar ante la prestadora la cancelación con anterioridad y/o en menor cantidad de cuotas.
Además, la institución reglamentó que la tasa de interés a aplicar en los planes de facilidades destinados a clientes residenciales y no residenciales no podrá exceder el 50 por ciento de la tasa pasiva nominal anual para operaciones de depósitos a plazo fijo tradicional a 30 días del Banco de la Nación Argentina del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos. Además, los intereses no podrán ser capitalizables.
«Es importante aclarar que los clientes que hayan adherido a un plan de facilidades en los términos previstos en la citada resolución, se inhabilitará a las prestadoras al corte del suministro por falta de pago de facturas, con la sola excepción de la falta de pago o mora en el pago de 3 cuotas consecutivas o 6 alternas», explicaron desde el organismo.
Por otra parte, la institución informó que las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes podrán extender las condiciones de los planes de facilidades para el caso de deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del decreto 311 y a las personas no alcanzadas por este, sean residenciales o no residenciales.
Quienes deseen acceder a este beneficio o a más información pueden ingresar al sitio https://www.enargas.gob.ar/secciones/decreto311/formulario-decreto-311.php o bien comunicarse con la Defensoría del Pueblo para su asesoramiento.