Los nuevos requisitos para acceder al mercado cambiario que definióla AFIPluego del cierre de la última semana cambiaria suponen importantes modificaciones al esquema que estuvo vigente en los últimos años. Según fuentes oficiales, la intención «no es impedir o frenar la compra de divisas, sino que sólo puedan comprar dólares aquellos que tienen capacidad contributiva para hacerlo», o bien quienes los precisan para una operación específica.
El nuevo esquema que definió el organismo que dirige Ricardo Echegaray se denomina Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias, segúnla Resolución3.210, la cual fue además reglamentado en su aplicación porla Comunicación«A» 5.239 del Banco Central. Cada transacción que involucre la compra de divisas pasará antes porla AFIP, que dirá si valida la operación o si la rechaza por «inconsistencias» entre el monto demandado y la capacidad contributiva del cliente. Para realizar el trámite de compra habrá que presentar no sólo el DNI, sino también comprobante de CUIL o CUIT.
En el Gobierno destacaron que el primer efecto de esta normativa será la «desaparición inmediata» de los coleros, ya que se trata casi en su totalidad de gente que no tiene forma de justificar patrimonio para la compra de dólares. Hasta ahora, quienes realizaban esta tarea sin poder demostrar ingresos podían llevarse los billetes y recién después el Banco Central los inhabilitaba en una base de datos que era distribuida entre bancos y casas de cambio. El «colero» compra billetes en el mercado formal (a $ 4,27) para venderlo casi de inmediato en el informal a un precio mucho mayor (el viernes $ 4,47).
Pero más allá del ataque puntual a este segmento, las nuevas normativas generarán inconvenientes a los que acudan al mercado cambiario de ahora en más. Básicamente, se dividirá a los compradores de dólares en dos: los que acuden al mercado cambiario para comprar divisas con fin específico y aquellos que sólo los quieren atesorar (por ejemplo, para mantenerlos en una caja de seguridad o en su casa).
Éstos son los principales aspectos de cómo funcionará la operatoria:
# Los que compran con finalidad específica deberán llevar al banco los comprobantes que acrediten la operación. Los importadores, por ejemplo, tendrán que mostrar la documentación respaldatoria, con las autorizaciones correspondientes para el ingreso de la mercadería. Si el fin de acceder a las divisas es turismo, entonces habrá que llevar los pasajes o incluso las reservas hoteleras. En el caso de operaciones inmobiliarias (la mayoría se paga en dólares), todavía no está claro cuál será la documentación específica.
# Si la documentación es suficiente, el banco, de todos modos, debe hacer la consulta conla AFIP. Fuentes oficiales explicaron que aun en el caso de que el organismo objete la operación por encontrar «inconsistencias», igual el banco deberá entregar los billetes. Esto se debe a que una demora excesiva podría hacer caer una operación en moneda extranjera, especialmente en el caso de comercio exterior.
# Las operaciones cambiarias sin objeto específico deberán pasar obligatoriamente porla AFIP, que tendrá la última palabra. El sistema montado por el organismo definirá en segundos si la persona que demanda las divisas tiene un nivel de ingresos suficiente como para justificar la compra. En este caso, validará la operación. Pero si encuentra inconsistencias, directamente denegará la operación, con una breve explicación del motivo del rechazo. En ese caso, si se quiere revertir esta opinión habrá que presentarse directamente en una oficina del organismo para protestar.
# Quienes precisen dólares por un viaje, algo común sobre todo a medida que se acerca el verano, no tienen necesariamente que declarar la compra «con fines específicos». También podrán concurrir al banco y solicitar las divisas sin un motivo en particular, aunque serála AFIP la que defina si está o no en condiciones de respaldar la compra con su nivel patrimonial y de ingresos.
# No se modifican los límites de acceso al mercado cambiario vigentes, es decir, hasta 2 millones de dólares mensuales, ni la obligatoriedad de comprar divisas desde una cuenta bancaria cuando se quiera adquirir el equivalente a $ 20.000.
# Por ahora, la única manera de comprar divisas será presentarse ante la ventanilla del banco. Las operaciones automáticas (vía cajero, banca telefónica o internet) serán habilitadas recién cuando funcionen los sistemas de los bancos y dela AFIP. Aun en estos casos, habrá que ingresar DNI y número de CUIT o CUIL para obtener «on line» el veredicto del organismo recaudador.