La Justicia ordenó al Gobierno porteño conceder la licencia por maternidad a una «madre no gestante» integrante de una pareja de mujeres policías, cuya esposa dará a luz, al considerar «presuntamente discriminatoria» e «inconstitucional» la restricción a esa medida.
El fallo estuvo a cargo de la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario número 1, Romina Tesone, quien hizo lugar a una medida cautelar y ordenó conceder la licencia por maternidad al Ministerio de Justicia y Seguridad porteño.
La medida benefició a una pareja de mujeres policías que contrajo matrimonio en enero pasado, una de las cuales se sometió a un tratamiento de fertilización y será madre en abril próximo.
El 9 de noviembre del año pasado, la pareja de la mujer que dará a luz presentó en la comisaría 13 A de la Policía de la Ciudad un pedido de licencia por «madre lactante» o «madre adoptiva», ya que no existe en las normas que rigen el sistema de trabajo policial la figura de «madre no gestante».
Para la magistrada, según expresó en su fallo, la falta de esa categoría «acredita un supuesto trato discriminatorio».
También advirtió que «la modificación normativa impactaría de modo esencial y mayoritariamente sobre aquellas parejas de mujeres lesbianas o en las que alguno de sus miembros es una persona trans y, por ende, cuenta con una madre no gestante».
Por otro lado, la jueza advirtió que la modificación además relató que «también afectaría a parejas heterosexuales que recurran a la denominada ‘maternidad subrogada’».
Tesone también consideró que «la omisión o insuficiencia de regulación no puede conducir a negar o limitar derechos».
Además, sostuvo que «efectivizar la igualdad de los miembros de la familia (con independencia de su género) en el cuidado y asistencia de los hijos e hijas y su equidad en las funciones, coadyuvando a desarmar estereotipos sociales en cuanto a la preeminencia de cualquier progenitor/a frente a otro/a».