Un Juzgado en lo civil y comercial condenó a un sanatorio y una médica obstetra a resarcir a una mujer que sufrió una infección postoperatoria tras una cesárea. La indemnización supera los 18 millones de pesos por daño moral, gastos médicos, tratamiento psicológico y los intereses del caso. La sentencia no está firme.
Según publicó el periodista Alberto Furfari en el portal Versión Rosario el caso transcurrió a fines de mayo del 2018 cuando una mujer de 40 años con 38 semanas de gestación de su tercer embarazo se presentó en un sanatorio porque había sufrido una fisura en la bolsa con pérdida de líquido amniótico.
La médica obstetra que la atendió la derivó a la sala de preparto donde fijó una cesárea y a pedido de la paciente se dispuso además una ligadura de trompas de falopio, además la mujer sufría de diabetes gestacional e hipertensión crónica.
Tras la cesárea estuvo dos días internada y obtuvo el alta pero comenzó a tener fiebre alta, se acercó a un dispensario donde le hicieron una ecografía donde se determinó que tenía líquido en la pared abdominal, explicó el portal.
La obstetra, vía telefónica, le dio un tratamiento con antibióticos y determinó que era producto de una mastitis., recordó el portal. Pero cuando su madre fue a retirar los análisis le dijeron que su hija debía internarse en forma urgente porque tenía una infección avanzada.
La sometieron a una nueva cirugía donde le diagnosticaron infección de herida quirúrgica endometritis, explicó el portal.
La mujer presentó una demanda que recayó en el Juzgado Civil y Comercial N° 7 a cargo de Marcelo Quaglia quien expresó que la obstetra extirpó las trompas de la mujer sin contar con el debido consentimiento informado y en la segunda intervención tampoco le pidieron el consentimiento a la paciente y se lo requirieron a su madre sin justificar por qué, contó Furfari.
El juez dijo que se comprobó que la infección se produjo durante la cirugía y entendió que el sanatorio es responsable de las acciones de sus dependientes, en este caso la obstetra ya que responde objetivamente por los daños que causen las personas de las cuales se sirve para cumplir con sus obligaciones y que generen en ejercicio u ocasión de la funciones encomendadas, refirió el portal.
Condenó a la médica tratante a pagar 2.5 millones de pesos en concepto de daño moral mientras que el sanatorio fue sentenciado a afrontar una reparación de 16 millones de pesos en concepto de daño moral, gastos médicos, psicológicos e intereses, explicó el portal.