La Justicia confirmó una resolución que condenó a una concesionaria y a una automotriz a sustituir un automóvil que tuvo reiterados inconvenientes en el embrague.
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó los recursos presentados por la concesionaria Prost y Peugeot Citroen Argentina. En consecuencia, deberán sustituirle a una mujer un auto Peugeot por otro cero kilómetro correspondiente al año en curso. También deberán pagarle más de 50.000 pesos por los daños moral y punitivo y por privación de uso del rodado.
El vehículo ingresó en 17 meses 5 veces al servicio técnico para ser reparado el desperfecto del embrague y no arreglaron el problema.
El tribunal de alzada sostiene en la resolución que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo a la protección de sus intereses económicos, lo que significa que los productos cumplen con estándares de calidad”.
Destacan los camaristas que “la repetición de la avería es indicativo que la falla continúa, que no ha sido reparada correctamente o no se encontró la causa que produce la falla”. Agregan que “la concesionaria de automotores y el fabricante resultan solidariamente responsable por el cumplimiento de la garantía”. Además, señalan que “el daño moral permite resarcir las angustias y pesares que la ocasionó al comprador la reiteradamente insatisfecha cobertura de la garantía”.