La Justicia condenó a 3 años de prisión en suspenso con 8 años de prohibición de conducir y el cumplimiento de reglas de conducta por 2 años a un conductor que embistió a un motociclista, provocándole la muerte, al hacer una maniobra prohibida sobre la ruta 9 a la altura de Funes.
Según el proceso judicial, aproximadamente a las 7 de la mañana del lunes 22 de mayo de 2017 Fernando Javier Lizio circulaba al mando de un vehículo Honda HRV en la mano hacia Rosario y en el cruce entre la ruta 9 y calle Suipacha, en Funes, giró hacia la izquierda sin aviso.
Con su maniobra, además de invadir el carril contrario, impactó contra una moto que circulaba en sentido contrario, conducida por Jorge Galasso, de 50 años, domiciliado en Roldán. Como consecuencia de la violenta colisión, Galasso, quien tenía el caso puesto, falleció en el acto por la extrema violencia del choque.
Por el hecho, la fiscal Mariana Prunotto, de la Unidad de Homicidios Culposos, imputó a Lizio.
El caso se tramitó con un juicio abreviado y ayer el juez Juan Donnola resolvió homologar el procedimiento presentado por la Fiscalía y aceptado por la defensa que condena a Lizio a la pena de prisión condicional, la prohibición de manejar y a cumplir por el lapso de 2 años una serie de reglas que le imponen fijar residencia, someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia Post Penitenciaria, realizar un curso de educación vial, y realizar tareas comunitarias, parte de la sentencia por el delito de “homicidio culposo en ocasión de conducción de un vehículo automotor agravado por culpa temeraria”.