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Condenan a un hombre por acoso virtual contra adolescentes

El acusado se hacía pasar por una niña de 13 años y contactaba a chicas a través de Facebook para pedirles fotos.

Un hombre de 30 años se convirtió ayer en la primera persona del sur provincial condenada por el delito de grooming. Fue imputado el año pasado después de que allanaran su casa en Granadero Baigorria. Se hacía pasar por una niña de 13 años en Facebook y contactaba a chicas menores de edad, a las que pedía fotos con contenido sexual que después hacía circular en otras redes. Fue sentenciado a un año de prisión condicional a través de un acuerdo abreviado y deberá cumplir con reglas de conducta. El grooming fue incorporado en 2013 en el Código Penal dentro de los delitos contra la integridad sexual con una expectativa de pena de entre 6 meses y cuatro años de prisión. En junio la Justicia de Reconquista utilizó por primera vez esta figura penal para condenar a un entrenador de fútbol infantil que, también a través de Facebook, contactó a un ex alumno de 11 años con fines sexuales. En diciembre de 2016 la Justicia de Córdoba dictó la primera sentencia por este delito, con 9 años de prisión efectiva para un hombre de 36 que acosaba a una adolescente de 14.

La primera condena por grooming en el sur de Santa Fe fue firmada ayer por la mañana en los Tribunales provinciales de Rosario. A partir de un acuerdo abreviado entre la fiscal Alejandra Raigal y el defensor Miguel Sapera, Matías Ezequiel Pisaroni fue declarado culpable del delito de tenencia y publicación de imágenes con contenido pornográfico infantil. Lo condenaron a un año de prisión condicional y deberá cumplir con reglas de conducta dispuestas por la jueza Patricia Bilotta, que homologó el acuerdo.

Según voceros judiciales, Pisaroni fue imputado en junio del año pasado después de que la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía Regional Rosario ordenara allanar su casa en Granadero Baigorria porque desde su computadora se habían enviado imágenes de menores de edad con contenido sexual.

Con las pruebas relevadas, la investigación determinó que a través de Facebook Pisaroni se hacía pasar por una niña de 13 años para conocer a chicas menores de edad. Una vez que entraba en contacto con ellas, les pedía fotos con contenido sexual y las divulgaba en otras redes sociales.

El delito

La figura de grooming fue incorporada al Código Penal en 2013. El delito está tipificado en el artículo 131 y se produce cuando por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos un mayor de edad contacta con un menor con el fin de cometer cualquier delito contra la integridad sexual. La expectativa de pena es de 6 meses a 4 años de prisión.

Antecedentes

La Justicia de Reconquista utilizó por primera vez la figura penal del grooming en junio pasado. Lo hizo para condenar a un entrenador de fútbol infantil que a través de Facebook acosó a un ex alumno de 11 años. Se trata de César Escobar, de 34 años, quien recibió una pena de 2 años de prisión de cumplimiento condicional.

En diciembre de 2016 la Justicia de Córdoba condenó a Marcos Dávila, de 36 años, a nueve años de prisión efectiva por los delitos de coacción calificada, publicación de imágenes privadas y lesiones graves. Fue la primera sentencia en esa provincia por el delito de grooming. El condenado usaba el perfil falso “Brian Love” en Facebook para conseguir y publicar fotos de una adolescente desnuda. El fallo resaltó los daños psíquicos que le provocó a una niña de 14 años.

Cómo se investiga el grooming

Cada vez que en cualquier parte del mundo una foto o video con contenido sexual que involucre a niños, niñas o adolescentes es subida a internet, se enciende una alerta. Los reportes llegan inmediatamente al Centro Nacional de Chicos Desaparecidos y Explotados (Ncmec) de la ONG norteamericana Missing Children. El sistema de rastreo de pornografía infantil funciona como un scanner y reporta cada imagen donde haya un 80 por ciento de desnudez y la dirección IP desde la cual fue emitida o descargada. Todas las madrugadas, la organización envía a cada país un paquete con reportes recibidos dentro de su territorio con el fin de que la Justicia local investigue a los usuarios y determine si se cometieron delitos contra la integridad sexual de menores de edad. En la Argentina el organismo que recibe los reportes de Ncmec es la Fiscalía Especializada en Delitos Informáticos. Fue creada en 2013, depende de la Ciudad de Buenos Aires y es la única en el país que se dedica de manera exclusiva a delitos informáticos, trabajando con la División Delitos Tecnológicos de la Policía Federal Argentina. Las fiscalías de todo el país envían las denuncias. En Rosario los delitos informáticos de este tipo son investigados por la Unidad Fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual. Todos los meses llegan entre 20 y 30 reportes.

Cómo denunciar

En caso de ser víctima de un posible delito informático, el MPA aconseja:

No borrar ni modificar la información que esté alojada en la computadora, celular, tablet, etcétera. La integridad de los datos es fundamental para poder investigar y hacer prosperar las causas penales que se puedan iniciar.

No reenviar la información comprometida (correos electrónicos, mensajes instantáneos, archivos, audios).

Realizar la denuncia en forma inmediata a través de la siguiente vía:

Centro de Emergencias Contra la Explotación Sexual y Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes: 0800-222-1717.

Consejos para padres y madres

El Ministerio Público de la Acusación elaboró una serie de recomendaciones para padres, madres o tutores de menores de edad en relación con el uso de internet:

Involucrarse en el uso que le dan los menores a internet (historial de búsqueda).

Instalar las computadoras en sectores comunes al alcance de adultos.

Establecer un horario para navegar en internet.

Educar en el uso adecuado de la cámara web y el envío de material fotográfico y/o audiovisual.

Supervisión: realizar un control de las tareas que realiza el niño en la computadora, acerca de sus contactos o amigos, información que suministra, etcétera.

Establecer comunicación entre padres e hijos sobre el manejo de los servicios informáticos a fin de generar conciencia de los riesgos en los que se puede incurrir.

Instalar software de filtros para restringir el acceso a sitios pornográficos o violentos.

No destruir la información y los archivos en caso de que existiera un evidente acoso.

Ante un eventual acoso a denunciar, informar el hecho a los padres del resto de los compañeros y contactos, como así también a las autoridades del colegio donde asiste el menor.

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