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Condenan a Volkswagen por el aumento de las cuotas de un plan de ahorro

El demandante celebró en 2016 un contrato de ahorro previo a los fines de adquirir un vehículo Volkswagen Amarok como destinatario final. Sin embargo el monto de las cuotas jamás fue respetado, sufriendo mes a mes aumentos cada vez más desmedidos

La Justicia rosarina condenó a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados a adecuar las cuotas de ahorro previo desde el mes de abril del 2018 en adelante, restituir a la suscriptora los montos cobrados en exceso, más los intereses dispuestos y reintegrar las retribuciones cobradas por plan de ahorro desde mayo 2018 en adelante en concepto de indemnización por el daño emergente producido por el incumplimiento contractual, con más los intereses, según publicó el portal Versión Rosario.

Además, el juez en lo civil y comercial Marcelo Quaglia dispuso que pague a la suscriptora la suma de $200.000 en concepto de daño moral con más los intereses y abonar pagar en concepto de daño punitivo la suma equivalente al momento de su pago a 40 canastas básicas total para el hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina. y que actualmente totaliza alrededor de $10.000.000.

En forma solidaria con relación al daño punitivo responderá la concesionaria Francisco Pesado Castro S.A. y Volkswagen Argentina responderá en forma solidaria en su totalidad.

El magistrado como mandato preventivo, ordenó oficiar a la autoridad de aplicación del sistema de ahorro previo (Inspección de Personas Jurídicas) y a la de la Ley de Defensa del Consumidor a fin de que arbitren los medios que consideren pertinentes a fin de prevenir y/o evitar eventuales y futuros daños, debiendo informar al Tribunal la resolución a través de la cual se concluyan las actuaciones que la presente medida genere.

El demandante celebró en 2016 un contrato de ahorro previo a los fines de adquirir un vehículo Volkswagen Amarok como destinatario final.

El monto de la cuota al momento de contratar representaba un 15,6% de sus ingresos declarados. Sin embargo el monto de las cuotas jamás fue respetado, sufriendo mes a mes aumentos cada vez más desmedidos y sin relación o parámetro.

Manifestó que el aumento de los precios de los autos provocó una caída abrupta en la venta de unidades, así como en la suscripción de nuevos planes de ahorro, entrando en mora, además, una importante cantidad de suscriptores.

Destacó que dicha caída de ventas llevó a que la terminal, a través de su red de concesionarias, lanzara importantes descuentos y bonificaciones sobre las unidades comercializadas, pero no sobre las que se comercializaban a través de planes de ahorro.

Señaló que a partir del mes de mayo de 2018 el precio de lista de la unidad sufrió un aumento exuberante y desmedido, momento a partir del cual aumentó mes a mes de manera sustancial, tornando cada vez más difícil su pago, y exponiendo al ahorrista a perder el vehículo si la prenda fuera ejecutada.

Aseveró que, si bien la devaluación del peso provocó una distorsión de precios, el valor móvil de los vehículos superó dicha devaluación.

Puntualizó el magistrado que “pareciera que el precio de lista de venta al público no existe como tal en los registros contables o administrativos de las co demandadas, puesto que solo se le aportaron al perito facturas de venta correspondientes a los meses en los que efectivamente se pudo hacer la comparación.

A lo reseñado tampoco puede ponderarse (conforme los propios dichos de los demandados) los valores aportados por la DNRPA (Dirección Nacional de Registro del Automotor”.

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