Un hombre de 39 años identificado como Juan Mateo Almirón fue condenado a 13 años de prisión por la autoría de delitos contra la integridad sexual de una menor de edad cometidos en la ciudad de Santa Fe entre 2010 y 2017. Así lo dispuso por unanimidad el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Rodolfo Mingarini (presidente), Nicolás Falkenberg y Sergio Carraro en el marco de un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de la capital provincial.
Almirón fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la condición de tutor y encargado de la guarda, y por aprovechar la convivencia preexistente con la víctima menor de 18 años), en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores agravada (por ser cometida contra una menor de 13 años y por la condición de tutor, persona conviviente y encargado de la guarda)
“Nos vamos conformes con la decisión del tribunal. Los jueces resolvieron condenar al acusado, lo hicieron por unanimidad, por las mismas calificaciones legales que habíamos solicitado desde la Fiscalía e impusieron una pena que es muy similar a los 15 años que habíamos pedido en los alegatos”, valoraron los fiscales. En tal sentido, agregaron que “no obstante, aguardaremos los fundamentos del fallo para analizar en profundidad la decisión de los magistrados”.
Siete años
“Los delitos que investigamos fueron cometidos entre 2010 y 2017. La víctima era muy pequeña y las agresiones sexuales que sufrió fueron en reiteradas oportunidades y sostenidas durante todo ese tiempo”, remarcaron los fiscales.
Los funcionarios del MPA también explicaron que “la niña abusada era la sobrina de la mujer que estaba en pareja con Almirón. A raíz de esta relación de pareja, el condenado, su pareja y la niña compartían la casa en la que fueron cometidos los abusos”. Asimismo, afirmaron que “los abusos que sufrió esta niña, por su frecuencia, duración y modalidad, como así también por la relación entre la víctima y el agresor, la diferencia de edad entre ambos y la corta edad de la niña, tienen entidad suficiente para interferir en el normal desarrollo de su sexualidad”.
Por otra parte, Del Río Ayala y Olcese hicieron hincapié en las pruebas. “Fueron muy importantes, porque la niña en Cámara Gesell dijo sólo algunas cuestiones mínimas. El entorno de la víctima no era favorable y de ninguna manera habilitaba su palabra”, sostuvieron. “Sin embargo, este caso sirve para demostrar que si bien la cámara Gesell es importante, no es la única prueba”.
En la escuela
“La investigación se inició a raíz de una denuncia radicada el 11 de agosto de 2017 por la directora de la escuela a la cual concurría la víctima, quien le contó a su maestra lo que sucedía en su casa”, recordaron los fiscales. En este sentido, concluyeron que “es sumamente importante que desde las instituciones escolares se puedan reconocer y abordar los casos de abuso sexual, de modo de contar con las herramientas necesarias para realizar una pronta denuncia y permitir que, desde el MPA, podamos darle curso a la investigación lo antes posible”.