Tribunal santafesino condenó este miércoles a Martín Lanatta a 7 años y medio de prisión mientras que Cristian Lanatta y Víctor Schillaci recibieron 8 años y medio de reclusión por los delitos de privación de la libertad y robos cometidos tras su fuga del penal de General Alvear en 2015, donde estaban presos por la condena a perpetua a causa del triple crimen de General Rodríguez. Este debate oral es el segundo que tienen los hermanos Lanatta junto a Schillaci en la provincia relacionado a la triple fuga. El primero fue en octubre pasado cuando la Justicia federal los sentenció a otros 10 años (en el caso de Martín Lanatta) y 8 años (Christian Lanatta y Schillaci) por enfrentamientos y robos a gendarmes.
Este juicio oral por la fuga no será el último que los hallará juntos, aún tienen pendiente la «tentativa de homicidio» en perjuicio de los policías Lucrecia Yudati, de 33 años, y Fernando Pengsawath, de 23, quienes resultaron malheridos el 31 de diciembre de 2015, cuando intentaron detenerlos en la localidad bonaerense de Ranchos, también en el marco del maratónico escape del penal que terminó en la primera quincena de enero de 2016.
El tribunal pluripersonal integrado por los jueces Eduardo Pocoví (presidente), Sandra Valenti y Pablo Busaniche resolvió la condena por unanimidad. Martín Lanatta, de 45 años, fue condenado a siete años y seis meses de prisión. Cristian Lanatta, de 46, y Víctor Schillaci, de 38, fueron condenados a ocho años y seis meses de prisión, respectivamente. Los condenados siguieron el debate por videoconferencia desde el penal de Ezeiza.
El fiscal Estanislao Giavedoni explicó brevemente los delitos cometidos por los tres hombres. Resumió que “se acreditó que los tres privaron ilegítimamente de la libertad a un ingeniero agrónomo en la ciudad de Santa Fe y le robaron una camioneta. Asimismo, quedó acreditado que los hermanos Lanatta y Schillaci privaron ilegítimamente de la libertad a un hombre y a una mujer (concubinos entre ellos) de la localidad de Campo del Medio y le robaron una camioneta que era propiedad de la mujer de la pareja”. También aclaró que “quedó acreditado que Cristian Lanatta y Víctor Schillaci privaron ilegítimamente de la libertad a un empleado del molino Spaletti y que tenían armas de fuego de guerra cuando fueron aprehendidos”.
Los delitos
Martín Lanatta fue condenado como coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada reiterada (en dos oportunidades), robo calificado (por ser cometido en banda y en poblado y con la utilización de arma de fuego) y robo calificado (por ser cometido en despoblado y en banda y con la utilización de arma de fuego), todo en concurso real.
Cristian Lanatta fue hallado penalmente responsable de la coautoría de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada reiterada (en tres oportunidades), robo calificado (por ser cometido en banda y en poblado y con la utilización de arma de fuego), robo calificado (por ser cometido en despoblado y en banda y con la utilización de arma de fuego) y tenencia de arma de fuego de guerra, todo en concurso real.
Schillaci fue condenado como coautor de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada reiterada (en tres oportunidades), robo calificado (por ser cometido en banda y en poblado y con la utilización de arma de fuego), robo calificado (por ser cometido en despoblado y en banda y con la utilización de arma de fuego) y tenencia de arma de fuego de guerra, todo en concurso real.
Además, el tribunal dispuso imponer una multa de 4 mil pesos a Cristian Lanatta y a Schillaci, respectivamente, dinero que será destinado al Ministerio Público Fiscal.
Los hechos
Luego de conocer la resolución del tribunal, el fiscal Giavedoni dialogó con la prensa. “Los jueces resolvieron por unanimidad y dieron por acreditados cada uno de los hechos que habíamos atribuido oportunamente. Para nosotros, esto da cuenta de un trabajo exitoso”, valoró.
Giavedoni adelantó que esperará los fundamentos del fallo para analizar en qué se basaron los jueces para disponer los montos de las penas, que son menores a los 15 años de prisión que solicitó la acusación. No obstante, el fiscal insistió en la importancia de que “los magistrados dieron por acreditados todos y cada uno de los hechos imputados a los tres hombres”.
El funcionario del MPA también agradeció a las personas que declararon como testigos en el debate. “Se animaron a contar lo ocurrido, vinieron a los tribunales e incluso algunos no son de la ciudad de Santa Fe y se trasladaron especialmente para la ocasión”, destacó el fiscal.