Le llegó la hora de la Justicia terrenal. El ex arzobispo de la ciudad de Santa Fe, monseñor Edgardo Gabriel Storni, fue condenado ayer a ocho años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por su condición de sacerdote, cometido contra el ex seminarista Rubén Descalzo. Si bien en su momento el religioso había sido acusado por otros casos similares, el único que llegó a juicio fue el que ahora lo convirtió en condenado. De todas maneras, el abogado defensor de Storni, Eduardo Jauchen, quien jugó todas sus fichas a la prescripción de la persecución del delito por el paso del tiempo, rechazó los términos de la sentencia de primera instancia y anunció que ya la apeló. La víctima, a quien le costó más de diez años poder hablar del tema, dijo ayer finalmente liberado: “Cerré una etapa de mi vida”.
La jueza María Amalia Mascheroni resolvió ayer la única causa que quedaba abierta al ex prelado y que tuvo su inicio ante la denuncia del ex seminarista Rubén Descalzo por un hecho ocurrido en el verano de 1992 en Santa Rosa de Calamuchita, donde Storni participaba de actividades del seminario, y que fue denunciado recién diez años después.
El abogado Eduardo Jauchen apeló la sentencia y en consecuencia el expediente recaerá en la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe, que será la que deba resolver cómo sigue el caso. Es decir, si confirma la condena o no.
El caso Storni tomó repercusión en el año 2000, a partir de una denuncia publicada en el libro Nuestra Santa Madre, autoría de la periodista Olga Wornat, presentado justamente en la Feria del Libro de Santa Fe, la ciudad donde la Iglesia Católica de Roma aún goza de un gran peso institucional. Antes de eso el diario Rosario/12 había publicado denuncias en el mismo sentido.
La denuncia de Wornat provocó conmoción en la ciudadanía de la capital provincial, apegada al credo cristiano. En septiembre de 2002, el entonces arzobispo santafesino renunció a su cargo y envió una carta al papa Juan Pablo II en la que no reconocía “culpas” ni “acusaciones”.
Tres meses después Storni declaró en sede judicial y negó los cargos que se le imputaban, siendo reemplazado en su lugar por monseñor José María Arancedo, actual obispo de la diócesis santafesina.
De allí en más, el ex arzobispo se recluyó en una finca de La Falda, provincia de Córdoba, propiedad del Arzobispado santafesino, y gestionó su jubilación, beneficio que le fue otorgado.
En febrero de 2003 el ex juez de Instrucción Eduardo Giovannini lo procesó por el presunto delito de abuso sexual en perjuicio del ex seminarista. En aquel dictamen el magistrado desestimó otras dos denuncias contra la autoridad religiosa al considerar que el tiempo transcurrido superaba el establecido para analizar la causa. Ésa fue la principal estrategia de la defensa, a cargo de Jauchen: plantear que no se podía perseguir penalmente el delito en cuestión por el paso del tiempo.
La jueza Mascheroni señala en los fundamentos de su fallo: “Estimo que la prescripción de la acción penal del delito por el que fuera procesado Edgardo Gabriel Storni no se ha producido, ya que el hecho investigado por el cual fuera traído a juicio data de fines de enero del año 1993 y el llamado a indagatoria de fecha 3 de diciembre de 2002, no habiendo transcurrido a la fecha el término de diez años para la prescripción de la acción penal”.
Volviendo a la cronología del proceso, el juez de Instrucción Darío Sánchez remitió al magistrado de sentencia Nº 2, Alejandro Echarte, el expediente en el que el ex arzobispo Edgardo Gabriel Storni se encontraba procesado por abuso sexual.
En su presentación, el ex seminarista Rubén Descalzo había declarado que el dignatario eclesiástico lo había hecho pasar a su departamento, donde sólo había una lámpara encendida. “Hablamos mucho y me convenció para que fuera. Cuando llegamos a la puerta me abrazó. El abrazo comenzó a prolongarse y me apretó más contra su cuerpo. Colocó su cara en mi cuello y me besó”.
La causa tuvo muchas idas y vueltas; se sucedieron las apelaciones y recusaciones y el expediente pasó por varios despachos hasta recalar finalmente en el de la jueza Mascheroni.
La defensa
En declaraciones periodísticas el abogado defensor de Storni, Eduardo Jauchen, dijo que “la Justicia lo condenó a ocho años de prisión, que es la pena mínima, por abuso sexual agravado por la condición del autor. En este caso, se trataba de un sacerdote que estaba a la guarda”, lo que significa que era responsable por la integridad del seminarista.
“Esta sentencia no satisface las exigencias constitucionales de lo que debe ser una resolución adecuada a la decisión definitiva que, con grado de certeza en un proceso penal, se requiere para condenar a un ciudadano”, puntualizó. “No solamente el juez debe estar convencido de que ocurrió el delito sino que además la certeza tiene que surgir de las pruebas que existen en la causa. En este proceso existe una total orfandad probatoria para arribar siquiera a un estado de probabilidad de la autoría del delito que se le atribuye a Storni”, agregó.
“No puede ser que por sospechas, rumores o versiones unilaterales se condene a una persona. Nuestro sistema democrático y republicano trata de evitar este tipo de arbitrariedades. Por lo tanto, o vivimos en democracia y república o seguimos viviendo en el caos, el desorden y culpamos a una persona por comentarios”, remarcó también.
Finalmente, Jauchen dijo que “en este momento, Storni tiene o está por cumplir 74 años. En este proceso llevamos más de siete años. Por lo tanto, en el peor de los casos, tendría que cumplir con el arresto domiciliario por su edad y estado de salud” y añadió: “Ésta es la única causa en la que no fue absuelto el ex arzobispo. Lógicamente, ya apelé este fallo”.