El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes informó este miércoles que confirmó la condena de 15 años de prisión a un pastor evangélico por haber abusado en tres oportunidades de una niña de 11 años. La condena confirmada por el abuso sexual con acceso carnal en forma reiterada de una niña de 11 años, quien era asidua concurrente a la iglesia como fiel seguidora y practicante de la religión, recayó sobre C.E.S. –llamativamente, pese a tener condena confirmada, se sigue preservando la identidad del deleznable sujeto–, de 51 años, quien al momento de los hechos denunciados –ocurridos durante el transcurso de agosto, septiembre y octubre del 2010– oficiaba de pastor de la iglesia evangélica denominada «Ríos de Aguas Vivas», ubicada en inmediaciones del barrio Caá Guazú de la ciudad fronteriza de Paso de los Libres.
Mediante la sentencia penal N° 111/19, la Corte provincial confirmó un fallo condenatorio del Tribunal Oral Penal de la ciudad de Paso de los Libres al rechazar un recurso de casación presentado por la defensa del condenado.
De esta manera, coincidió con el tribunal Paso de los Libres «en la veracidad de los relatos de la madre y la nena víctima”, detalló el informe oficial.
“El tribunal lo encontró culpable, en septiembre de 2016, del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal calificado por la calidad de sujeto activo, como ministro de un culto, en tres hechos en la modalidad de delito continuado”, agregó.
El ministro del Superior Tribunal de Justicia, Alejandro Chaín, consideró en la fundamentación de su voto que “estaba acreditado el hecho y la autoría del imputado, de acuerdo a las circunstancias relativas al tiempo, lugar, modalidad y la condición del condenado de ser pastor de la iglesia evangélica”.
En este sentido, el informe indicó que el magistrado señaló que el TOP “valoró de modo correcto la denuncia de la madre de la víctima, que coincidía con el relato de la niña en Cámara Gesell, que describió con claridad el lugar donde sucedieron los hechos e identificó exclusivamente al pastor como el autor de los mismos”.
Por otra parte, se mencionó que la defensa del condenado argumentó que “del informe pericial no surgió que la menor de edad hubiera sido abusada sexualmente, y que en el informe psicológico se aludía a situaciones traumáticas pero no se indicaba el aspecto sexual”.
Además, le atribuyó a la sentencia una incompleta y deficiente valoración de las pruebas, consideró la defensa del pastor, según se mencionó en el informe del STJ.
Todas esas cuestiones planteadas por la defensa fueron desestimadas por la Corte correntina, que tuvo por probado el hecho y confirmó la sentencia N° 128 del 14 de septiembre de 2016 del Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres.
Los aberrantes hechos
El 20 de septiembre de 2016, el Tribunal Oral Penal de la cuarta circunscripción judicial, integrado por los jueces Marcelo Pardo –presidente del plenario–, Marcelo Fleitas y Gustavo Ifrán, hallaron al religioso autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por el acceso carnal calificado por la calidad del sujeto activo como ministro de un culto, en tres hechos, en la modalidad de delito continuado.
El calvario de la niña –que hoy tiene 20 años– comenzó junto con el inicio de tareas de limpieza en el templo, por expreso pedido del pastor a la madre de la víctima. «Era temporada invernal y como en el horario que mi hija concurría a realizar la limpieza, a las 7, aún estaba oscuro, yo la acompañaba hasta la puerta de la iglesia y luego volvía a mi domicilio. Mi hija en un determinado momento comenzó a no querer concurrir más a la iglesia, ni al culto, ni a realizar la limpieza, llegando incluso a llorar y a ponerse muy mal cada vez que le decía o sabía que debía concurrir a la iglesia. Mi hija comenzó a tener comportamientos o actitudes distintas, tal es así que en ocasiones se quedaba sola encerrada en su habitación, llorando, no queriendo salir o se la veía muy angustiada», había relatado ante las autoridades judiciales la madre de la niña y denunciante en la causa.
La mujer contó que los hechos de violación los descubrió dos años después cuando por un problema de salud en los genitales de la menor había decidido llevarla a una ginecóloga. Fue en ese momento cuando la niña, en ese momento con 13 años de edad, se quebró ante la profesional médica (ver aparte). La fiscalía y la querella probaron los tres hechos: el primero, en una de las habitaciones de la casa de una señora identificada como E.H., también parte de la congregación, en el barrio 255 Viviendas, la misma zona urbana en donde se hallaba el templo. Allí, victimario y víctima se hallaban solos; el segundo fue en el local comercial tipo kiosco, propiedad de la misma señora. El pastor aprovechando que se hallaba solo con la niña, la accede carnalmente, al tiempo que le ordenaba que le practicara sexo oral; y el tercero fue en el domicilio de E.H.