La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, integrada por los jueces Alfredo Ivaldi Artacho, Gabriela Sansó y Carolina Hernández, resolvió este lunes confirmar la condena de ocho años de prisión impuesta en diciembre de 2016 a Raúl Eduardo Anzoátegui, por entonces integrante de las fuerzas de seguridad de Santa Fe, quien fue hallado culpable de homicidio culposo en concurso real con falsedad ideológica, por el homicidio cometido contra Marcelo Lares, quien tenía 20 años.
Los hechos por los que fue condenado Anzoátegui datan de junio de 2013, en el marco del operativo llevado a cabo por la Policía en Olavarría al 1200 bis de Rosario, Empalme Graneros, para dar con el paradero del hermano de Marcelo Lares.
Durante el procedimiento, Marcelo Lares, que no era buscado, se asustó, corrió y la situación dio lugar a una persecución.
Dos patrulleros lo siguieron. El joven se metió en una casa y agarró a un niño de 10 años como escudo pero un familiar se le fue encima y, luego de forcejear con Lares, logró recuperar el nene y Marcelo siguió corriendo.
Lares llegó hasta el arroyo Ludueña y empezó a bajar. Dos policías lo persiguieron a pie. Uno de ellos quedó más atrás mientras Raúl Eduardo Anzoategui llegó hasta el borde de la barranca. Mientras la víctima zigzagueaba por el agua una bala policial le ingresó a la altura de la nuca y lo mató.
El acta policial aseguró que Lares estaba armado pero el revólver que se encontró en el lugar no tenía aptitud para el disparo. Además el testigo que forcejeó con el muchacho, antes de su muerte dijo que no vio que tuviera ningún arma en ese momento. Incluso, dijo el mismo hombre dijo que en ese tironeo le sacó la campera.
La familia de Lares fue asistida desde el comienzo de la investigación y a lo largo de todas las instancias judiciales por los abogados Virginia Llaudet Maza, Valentín Hereñú y Martina Guirado, y por la trabajadora social Andrea de Paul. Todos ellos, integrantes del Centro de Asistencia Judicial (CAJ) de Rosario, agencia provincial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos destinada a brindar asistencia jurídica e interdisciplinaria a víctimas de delitos penales.
En el juicio se pudo probar que la bala extraída a la víctima había salido del arma reglamentaria de Anzoátegui, pero los jueces entendieron que por el grado de deformación que presentaba el proyectil era posible presumir que el mismo había rebotado en un objeto antes de dar en Lares, razón por la cual el hecho no pudo ser encuadrado en la figura del homicidio doloso.
El uniformado llegó a juicio acusado de homicidio calificado por su condición de funcionario policial y coautor de falsedad ideológica en instrumento público.
Tras un juicio oral fue condenado por homicidio culposo y falsedad, a la pena de 8 años de prisión.
La defensa de Anzoátegui apeló la condena pero la Cámara de Apelaciones resolvió confirmar la pena de ocho años de prisión. Consultado sobre la novedad judicial, el director provincial de Acceso a la Justicia y Asistencia Judicial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y titular de los CAJ santafesinos, Fernando Sirk Marezca, destacó la importancia del fallo.
Crimen de Marcelo Lares: un policía fue condenado, pero ahora deben fijar la pena
“La sentencia tiene un gran valor para el CAJ y es el reflejo de años de trabajo comprometido. Sabemos que una condena de una caso de violencia institucional no es algo de todos los días y eso adquiere un valor aun mayor cuando la querella es impulsada por el propio Poder Ejecutivo a través de una agencia especializada para la asistencia y representación de víctimas de delitos”, señaló Sirk Marezca.