La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la última apelación y dejó firme la condena impuesta al empresario Héctor Tregnaghi por el asesinato del intendente de la ciudad de Vera, Raúl Seco Encina (foto), ocurrido a fines de diciembre de 2008 en la puerta de un canal de televisión local.
El máximo tribunal confirmó la condena a Tregnaghi como “autor penalmente responsable de los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, amenazas calificadas por uso de arma y portación ilegal de arma de fuego de guerra en concurso real”.
El homicidio ocurrió en el mediodía del 22 de diciembre de 2008, en la ciudad de Vera, cabecera del departamento del mismo nombre, ubicado en el norte de la provincia, cuando el intendente Encina llegaba a la puerta de un canal de cable local, donde le iban a realizar una entrevista.
Minutos antes había brindado una conferencia de prensa en la que anunció «una cena de Navidad para que todos los verenses puedan tener un plato de comida, un pan dulce y una sidra», luego de un año difícil.
Pero la cena no pudo realizarse. Cerca de las 13, el empresario Héctor Tregnaghi, quien se había postulado a intendente y perdió en las elecciones por 200 votos, lo mató de un tiro en el pecho.
Según testigos del hecho, antes del desenlace fatal, Tregnaghi, quien era dueño de un hipódromo de la zona, denominado La Ilusión, que había sido clausurado unos días antes por el intendente Seco Encina, le dijo: «Me querés fundir». Luego le disparó con un revólver calibre 38.
A pesar de haber recibido asistencia médica en forma urgente, Encina murió en una clínica privada, mientras que el autor del homicidio se entregó y quedó detenido en la alcaidía de la jefatura de la Unidad Regional XIX, a disposición de la Justicia.
La condena contra Tregnaghi fue dictada en 2010 y confirmada sucesivamente por la Cámara de Apelaciones de Rafaela y por la Corte provincial, pero la defensa del empresario continuó apelando, por lo que el caso llegó al máximo tribunal del país.
En su último acuerdo, la Corte Suprema, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, declaró “inadmisible” el último recurso y dejó a la condena con fuerza de “cosa juzgada”.