Confirmaron la condena a 14 años a un hombre de 30 años por un homicidio ocurrido en 2016 en Reconquista. Así lo resolvieron los miembros de la Cámara Penal de Vera. El tribunal integrado por Carlos Renna, Eduardo Bernacchia y José Mántaras respaldaron la sentencia dictada a mediados de 2018 por un tribunal oral y público en los tribunales reconquistense. En ese marco, los camaristas rechazaron el planteo defensista de una legítima defensa al entender que no hubo una causal que justifique el crimen.
El 12 de diciembre de 2016, Gastón Raúl «Chivo» Servín estaba con dos amigos en la intersección calles 47 y 68. Eran cerca de la una, mientras permanecían en la vereda, pasó varias veces el agresor a bordo de una moto que conducía otro hombre. Cada vez que llegaba a la altura de los amigos, el acusado le apuntaba a la víctima con un arma.
Servín, de 29 años, decidió seguir al agresor hasta la esquina de la manzana dos y tres, donde se produjo una pelea. Según contó el fiscal del caso Rubén Martínez, Servín cayó y cuando intentó levantarse el atacante sacó un arma de fuego calibre 22 y le disparó.
Los dos amigos de la víctima vieron la secuencia y le recriminaron al tirador lo que había hecho. Éste les gatilló y se fugó en la moto con la que había en el lugar. El sospechoso fue detenido e identificado como Walter Bernardo «Colinchador» Martínez, de 30 años.
El acusado fue llevado a juicio oral y público y a finales de junio de 2018, el tribunal integrado los jueces Gustavo Gon, Mauricio Martelossi y Gonzalo Basualdo condenaron al Colinchador Martínez a la pena de 14 años de cárcel por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
La decisión fue apelada por la defensa que planteó una legítima defensa y por ende la absolución de su cliente.
Entre las pruebas que presentó la Fiscalía, hubo cuatro testimonios que coincidieron en que el tirador fue Colinchador Martínez, quien se fue del lugar apuntándolos y gatillando con el arma.
El fiscal del caso agregó que “el condenado sostuvo un comportamiento apropiado al manejo de las relaciones causales necesarias para lograr su cometido y su posterior impunidad, al ocultar el arma de fuego y darse a la fuga”.
En tal sentido, concluyó que “esto demuestra que en todo momento tuvo comprensión de la criminalidad de sus actos y que dirigió sus acciones en función de ello”.
La revisión de la condena quedó en manos de los magistrados Carlos Renna, Eduardo Bernacchia y José Antonio Mántaras, quienes confirmaron la decisión del tribunal oral de primera instancia de Reconquista, al entender que no se dieron los requisitos de una legítima defensa, ya que no se pudo acreditar la existencia de una causa de justificación legal del hecho.