Rosario, viernes 05 de diciembre de 2025
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Rosario, viernes 05 de diciembre de 2025

Convención Constituyente: todo listo para dictaminar sobre las reformas en el Poder Judicial

Mandatos de los integrantes de la Corte Suprema, independencia del Ministerio Público de la Acusación y del Sistema Público Provincial de la Defensa Penal y forma de selección de los jueces fueron los temas debatidos en la Comisión de Poder Judicial y otros órganos constitucionales. Esta semana se elaborará la propuesta final sobre estos ejes para incluir en la nueva Carta Magna
Convención Constituyente: todo listo para dictaminar sobre las reformas en el Poder Judicial

Por Mariángeles Guerrero / Especial para El Ciudadano

La Comisión de Poder Judicial y otros poderes constitucionales se encamina a elaborar su dictamen para la Reforma parcial de Carta Magna santafesina, luego de escuchar aportes de la sociedad civil, de la Corte Suprema, del Sistema Público Provincial de Defensa Penal y del Ministerio Público de la Acusación. La reunión para dictaminar está convocada para este jueves a las 9 de la mañana. Dicha comisión tiene entre sus objetivos definir la integración de la Corte Suprema, la duración del mandato de los cortesanos y reconocer constitucionalmente al Ministerio Público de la Acusación y al Servicio Público de la Defensa, consagrando la autonomía funcional y la autarquía financiera de ambos órganos, según lo establece la Ley 14.384 de Necesidad de Reforma Constitucional.

Desde la apertura de la Convención hasta la fecha se realizaron –en torno a esta temática– 13 audiencias, en las que participaron más de 50 expositores. Entre ellos, representantes de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe; del procurador de la Corte; del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal. También se expresaron los Colegios de Abogados de Santa Fe, Reconquista, Rafaela, Rosario, Venado Tuerto; las Facultades de Derecho de Rosario y de Santa Fe; el Colegio de Magistrados de la provincia; la Asociación de Fiscales del centro norte y del sur provincial, la Asociación de Defensores, el Sindicato de Trabajadores Judiciales y la Defensoría del Pueblo.

El Ciudadano dialogó con Lisandro Enrico (Unidos), convencional que preside dicha comisión, acerca de la convocatoria para el dictamen. “Hay consensos en cuanto a reconocer al Servicio Público de la Defensa y al Ministerio Público de la Acusación, o como se denomine, con jerarquía constitucional y con autonomía funcional y autarquía financiera en el marco de la Constitución. Aún no se definió si eso se logra dentro del propio Poder Judicial o por fuera”, indicó.

Agregó: “Hay acuerdo y consenso en definir la integración de la Corte, en establecer clara y objetivamente la edad de retiro de los jueces. Hay posibilidades de acuerdo en avanzar en un esquema de selección de jueces, fiscales y defensores, con un Consejo Asesor de la Magistratura y también en un tribunal de enjuiciamiento y un órgano de acusación independiente para fiscales, jueces y defensores. Esas son las grandes definiciones. Pero falta la determinación concreta en cuanto a la integración de esos órganos”, agregó. 

Para Enrico, tras la Reforma la independencia de poderes estará fortalecida en la Constitución. «Pero la independencia de poderes en una república es una cara de la moneda. La otra cara es el contrapeso de los distintos poderes del Estado”, matizó. ”Así como el Poder Judicial puede paralizar una medida del Poder Ejecutivo o una medida del Poder Legislativo, o investigar a un miembro de otros poderes, también los otros poderes tienen que tener este mismo contrapeso”, se posicionó.

Conformación de la Corte y duración de los mandatos

Dentro de Unidos hay dos proyectos mayoritarios: el del Partido Socialista y el de la UCR. Ambos proponen, al igual que el PJ, que la Corte Suprema se componga de siete miembros. Los radicales hablan de “equilibrio de género y de representación territorial”, mientras que los socialistas, de “paridad de género”.

El proyecto del socialismo introduce el derecho a la participación ciudadana en el mecanismo de participación de los cortesanos, a través de una audiencia pública previa al acuerdo entre el Ejecutivo y la Asamblea Legislativa.

El radicalismo propone que los jueces cesen en sus cargos a los 75 años de edad. ”Podrá haber un nuevo nombramiento para mantenerse en el cargo, con acuerdo legislativo, como máximo por cinco años más”, dice el proyecto. En el mismo sentido se expresa el proyecto del bloque justicialista Más para Santa Fe. En cambio, el socialismo considera que los mandatos deben finalizar cuando se cumplan 20 años o cuando los cortesanos cumplan 75 de edad, lo que ocurra primero. Además, sugiere que todos los jueces deberán rendir cuenta de su labor profesional y de su aptitud física, psíquica y ética cada cinco años. 

El radicalismo, el socialismo y el peronismo coinciden en que los miembros de la Corte estén sujetos al juicio político.

En cuanto a las competencias, el proyecto radical establece que la Corte tendrá a su cargo los recursos de inconstitucionalidad que se deduzcan contra las decisiones definitivas de los tribunales inferiores, la revisión de sentencias dictadas en procesos penales, los conflictos de competencia, los conflictos de atribuciones planteados entre funcionarios del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, los incidentes de recusación de sus propios miembros, los conflictos que se susciten entre la provincia y una municipalidad, entre municipalidades o entre los poderes de una misma municipalidad.

La propuesta de la Corte

La Corte Suprema de la provincia presentó sus propuestas en el marco de este debate. Al respecto, coincide con que el cuerpo se componga de siete miembros y de un Procurador General; tiene en cuenta la paridad de géneros y la representación territorial.

Sugiere que las y los integrantes de la Corte sean designados por el Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa. En cuanto a los demás jueces, fiscales y defensores públicos, sugiere que sean designados por el Ejecutivo, con acuerdo de la Asamblea, según una terna vinculante que el gobierno provincial deberá remitir en un plazo de 30 días. La misma será el resultado del orden de mérito obligatorio del concurso llevado a cabo por el Consejo de la Magistratura.

”Los concursos de antecedentes y oposición técnica deberán ser convocados dentro de los 30 días de producida la vacante, y deberán ser transparentes, públicos y objetivos de acuerdo a lo que fije la ley, basado en la idoneidad técnica, ética y democrática de los/as candidatos”, se lee en la iniciativa.

Para la Corte, el Consejo de la Magistratura debe ser un órgano autónomo y con autarquía financiera integrado al Poder Judicial, compuesto por siete miembros titulares y siete suplentes. Entre ellos el presidente de la Corte, un juez, fiscal o defensor según la vacancia a cubrir, un representante del Ejecutivo, otros del Legislativo, un abogado matriculado y un profesor de universidad pública.

Según la propuesta, las y los miembros de la Corte, jueces, juezas y funcionarios o funcionarias del Ministerio Público deben ser inamovibles mientras conserven su idoneidad física, intelectual y moral y el buen desempeño de sus funciones. Y cesa la inamovilidad automáticamente y de pleno derecho a los 75 años de edad, salvo que exista un nuevo nombramiento, precedido de acuerdo legislativo por cinco años más como máximo. 

También propone que los miembros de la Corte estén sujetos al juicio político; y que cortesanos, jueces, fiscales y defensores no gocen de inmunidad de proceso. En cuanto a las potestades, la Corte recomienda que se eliminen las siguientes, vigentes en la Constitución actual: recursos contencioso-administrativos sometidos a su decisión en los casos y modos que establezca la ley; juicios de expropiación que promueva la Provincia y recursos contra las decisiones del Tribunal de Cuentas.

Además agrega un inciso sobre la competencia exclusiva de la Corte en materia de conocimiento y resolución de conflictos de poderes en el ámbito municipal, de los distintos municipios entre sí o con autoridades provinciales y respecto a decidir los conflictos que se susciten entre órganos extrapoder.

Finalmente, habilita la discusión en el sentido de reconocer constitucionalmente al Ministerio Público de la Acusación y al Servicio Público de la Defensa, consagrando la autonomía funcional y la autarquía financiera de ambos órganos.

Autonomía de los sistemas públicos de acusación y de defensa

Otro aspecto en discusión es la inclusión del MPA y del Servicio Público Provincial de la Defensa en la Constitución. Al respecto, el radicalismo propone incorporar la figura de “Ministerio Público”, un órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, compuesto por un Ministerio Público Fiscal y un Ministerio Público de la Defensa, independientes entre sí. Los mismos serán dirigidos, reza el proyecto, por un Fiscal General y un Defensor General. Los integrantes del Ministerio Público tendrán, según esta iniciativa, la misma retribución e inmunidades que los integrantes del Poder Judicial y, salvo el Fiscal General y el Defensor General, gozan de inamovilidad mientras dure su buena conducta.

”El Fiscal General y el Defensor General serán designados por el Ejecutivo, con acuerdo de la Asamblea Legislativa, al inicio de su mandato. Duran cuatro años en el cargo pudiendo ser reelegidos por un sólo período. Para acceder al cargo deben cumplir las mismas condiciones que para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia”, prosigue el texto.

El socialismo también sugiere que el MPA y el Servicio Público Provincial de la Defensa sean órganos independientes de los otros poderes del Estado provincial, con autonomía funcional, administrativa y autarquía presupuestaria y financiera. En cuanto a los mandatos del fiscal general y del defensor general, indica que sean de cinco años, pudiendo ser reelectos por única vez. Además, promueven que gocen de inamovilidad mientras conserven su idoneidad física, intelectual y moral y el buen desempeño de sus funciones. El proyecto señala que deben ser designados por el Ejecutivo, a propuesta vinculante de la Autoridad Técnica Especial, con acuerdo de la Asamblea Legislativa.

”Los fiscales del Ministerio Público de la Acusación y los defensores del Servicio Público de la Defensa perciben por sus servicios una retribución equiparable a la de los miembros del Poder Judicial y no pueden actuar de manera alguna en política” subraya el proyecto del PS. 

Añade además la figura de la Defensoría del Pueblo como un órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, cuya misión principal es la protección y defensa de los derechos e intereses de los individuos y de la comunidad frente a los actos, hechos y omisiones de la Administración Pública Provincial, así como la defensa de los intereses difusos o derechos colectivos de la comunidad. 

El PJ, en cambio, propone que el MPA y el Ministerio Público de la Defensa sean órganos autónomos en el ejercicio de sus funciones pero partes integrantes del Poder Judicial, cada uno con su estructura propia, y que sus titulares tengan rango equivalente al de Procurador de la Corte. Buscan además equiparar los salarios con los magistrados y funcionarios judiciales.

Según esta iniciativa, ”el Fiscal General y el Defensor General serán designados por los dos tercios de la Asamblea Legislativa, a propuesta del Ejecutivo, previo concurso de antecedentes y oposición y prestan juramento ante la Corte Suprema de Justicia. El mandato de ambos es de seis años. Ambos funcionarios tienen posibilidad de una única reelección mediante concurso público de antecedentes y oposición”.

Además, sugiere que el MPA no intervendrá en asuntos de índole extrapenal.

En relación a la reducción del período de los mandatos de seis a cuatro años, la fiscal General, María Cecilia Vranicich, sostuvo ante el medio Suma Política: “No nos parece mal“. Sin embargo, agregó: “Nos quieren meter por la ventana sin dar una discusión franca y sincera que (el mandato del fiscal general coincida) con el inicio del mandato del Ejecutivo y dure cuatro años. Esto afecta la independencia”. 

Y añadió: “Es un golpe bajo institucional. Afectaría directamente la independencia del MPA. Esto más allá de que trabajamos hasta ahora muy fuerte junto con el Ejecutivo. Pero entrar e irse con el mismo gobierno es otra discusión. Ese debate no lo dieron. Lo quieren meter por la ventana”.

Consejo de la Magistratura

El PJ propone un Consejo de la Magistratura como órgano autónomo, en la órbita del Poder Judicial, presidido por el Presidente de la Corte (o el Defensor General o el Fiscal General, según el cargo concursado) e integrado por un magistrado, un abogado de la matrícula con una antigüedad en el título mayor a diez años, un miembro del Ejecutivo, dos miembros de la Cámara de Diputados, dos miembros de la Cámara de Senadores, un integrante en representación de los trabajadores judiciales, un integrante del ámbito académico y científico y dos integrantes elegidos por voto popular.

Para la radicalismo, el Consejo debe estar integrado por una persona representante del Ejecutivo, quien ejercerá la presidencia, dos representantes de Diputados y dos de Senadores -asegurando la representación minoritaria-, una persona representante de los jueces, fiscales o defensores, según corresponda al grado y a la vacante a cubrir, dos personas representantes de los Colegios de Abogados con jurisdicción en la Provincia y dos personas representantes de Universidades Públicas con sede en la Provincia. 

Para la selección de magistrados, así como de integrantes del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de Defensa, el socialismo propone un procedimiento público, abierto, con base en concursos de oposición y antecedentes a cargo de un jurado de selección ad-hoc integrado por especialistas o profesionales, que llevan a cabo la evaluación técnica y ética de los postulantes, con criterios objetivos y control ciudadano. El proceso estará a cargo de una Autoridad Técnica Especial independiente de los otros poderes.

La disidencia de Erbetta

El presidente de la Corte provincial, Daniel Erbetta, propuso que en lugar de un órgano para la selección de jueces haya un mecanismo ad hoc. Argumentó su postura aludiendo al “fracaso operativo de la mayoría de los Consejos de la Magistratura, en particular el nacional”.

“Si se quiere garantizar la independencia y, consecuentemente, imparcialidad de la jurisdicción y también la objetividad de los fiscales y defensores, la Constitución debe regular un método (no un órgano), que tenga como objetivo central garantizar, la idoneidad y garantizar la transparencia en la designación”, expresó en una nota elevada a la Convención Constituyente.

El método sugerido consiste en la conformación de tribunales de evaluación no permanentes. Los mismos se integrarán con representantes de la abogacía (Colegios públicos de abogados), de las universidades públicas, la magistratura y, eventualmente, la sociedad civil, conforme la legislación que reglamente este criterio.

“Al tratarse de un tribunal técnico, no se incorporan representantes de los Poderes Ejecutivos y Legislativo, porque ya tienen intervención decisiva en el proceso de selección y designación”, alegó el magistrado. 

En el mismo sentido propuso la realización de concursos anuales anticipados de los que deriven un listado por materia, con una vigencia temporal y que permita a los Poderes Ejecutivo y Legislativo efectuar la designación cada vez que se produzca una vacante. En cualquiera de los casos, sugirió, la elección deberá efectuarse a través de una terna vinculante integrada por los que queden en los tres primeros lugares. Este mecanismo debería replicarse para fiscales y defensores.