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Cromañón: prohíben salir del país a ex integrantes de Callejeros

Lo decretó el Tribunal Oral en lo Criminal 24. Los condenados por diferentes grados de participación en la tragedia que provocó la muerte de 194 personas el 30 diciembre de 2004, deberán presentarse semanalmente ante el tribunal.

El Tribunal Oral en lo Criminal 24 (TOC 24) decretó la prohibición de salir del país para los ex integrantes de la banda «Callejeros» Christian Torrejón, Juan Alberto Carbone, Maximiliano Djerfy y Elio Delgado y al escenógrafo del grupo Daniel Cardell, condenados por la tragedia de Cromañón.

Fuentes judiciales informaron que también se les impuso la obligación de fijar un domicilio, del que no podrán ausentarse por un plazo mayor de 24 horas sin previa autorización del tribunal y de informar cualquier modificación respecto de su residencia habitual o de los lugares donde puedan ser ubicados para cuando sean requeridos.

Los condenados por diferentes grados de participación en la tragedia que provocó la muerte de 194 personas el 30 de diciembre de 2004 también deberán «presentarse semanalmente» ante el tribunal o en la comisaría más cercana a su domicilio para un «correcto seguimiento de su conducta procesal», indica el fallo.

La decisión fue tomada por los jueces Marcelo Alvero, María Cecilia Maiza y Raúl Llanos, quienes fundamentaron el fallo en  que “las sanciones que se le impusieron a los cinco imputados son graves, de efectivo cumplimiento y emanan de un pronunciamiento con presunción de legitimidad”, lo que impone «medidas de coerción».

Sobre el resto de los condenados en la causa Cromañón, Omar Chabán, Raúl Villarreal, Carlos Díaz, Patricio Santos Fontanet, Eduardo Vázquez, Diego Argañaraz, Fabiana Fiszbin, Gustavo Juan Torres y Ana María Fernández, los jueces expresaron: «Estamos a las obligaciones oportunamente impuestas».

La mención hace referencia a las medidas tomadas por los mismos jueces el 2 de mayo pasado, cuando dictaron las condenas de ocho años de cárcel para Chabán y cinco para Fontanet, entre otras, que fueron aumentadas luego por Casación que, no obstante, no ordenó sus capturas, ya que la sentencia no está firme.

Las prohibiciones y normas de conducta dictadas ahora por el TOC 24 para los cinco integrantes de Callejeros, tienen por objeto «continuar asegurada y garantizada la sujeción de los encartados en las diligencias pendientes hasta que la sentencia dictada por el superior pueda ser ejecutable”, dice el fallo.

El TOC 24 se refirió así a las condenas impuestas el 17 de octubre último por la Sala Tercera de la Cámara Federal de Casación Penal, que elevó las penas de varios de los condenados.

Al incrementar el «quantum» de las penas a los músicos, el máximo tribunal en materia penal del país impuso a Torrejón, Carbone, Djerfy y Delgado la pena de cinco años de prisión «por resultar autores del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con cohecho activo en calidad de partícipe necesario»; y a Cardell la pena de tres años de prisión.

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