Las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que paguen sueldos a través de bancos podrán pedir, a partir de esta semana, créditos a una tasa de interés del 24% anual por el total de su nómina salarial, luego de cumplir una serie de pasos y requisitos para tramitar los préstamos.
El primer paso para las empresas que quieran acceder a estos préstamos será completar el formulario 931 de AFIP, donde se incluye el detalle de la nómina de empleados, y enviar la solicitud de crédito a la entidad crediticia de la que son clientes, precisaron fuentes bancarias a Télam.
El banco -que deberá ser el mismo a través del cual abonan las cuentas sueldo- se podrá en contacto con la empresa solicitante para comunicarle el detalle del trámite para su instrumentación.
Si bien los créditos son para todas las empresas, el Ministerio de Desarrollo Productivo pondrá a disposición de pequeñas y medianas empresas el Fondo de Garantías Argentino (FoGar), una cobertura especial para el capital otorgado.
Para las empresas medianas pertenecientes a los tramos 1 y 2 inscritas en el Registro PyME, el FoGar cubrirá una garantía del 25% del capital otorgado por la entidad financiera mientras que a los monotributistas, micro y pequeñas empresas les otorgará un aval del 100% del capital aprobado por el banco.
Las empresas podrán acceder, como máximo, al 100 % de la masa salarial bruta de la empresa para, así, poder hacer frente a la totalidad de los sueldos de marzo.
La tasa máxima de estos créditos será del 24 por ciento fija durante un año, con un período de gracia de tres meses, aunque cada entidad bancaria podrá mejorar las condiciones crediticias.
También podrán solicitar este tipo de tasas para cubrir cheques de pagos diferidos.
Por otra parte, las empresas que deseen acceder a los FoGar deberán contar con el certificado MiPyME, cuyo trámite se inicia en la web de AFIP y otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
En todos los casos, los bancos chequearán la información recibida y podrán solicitar a las empresas información adicional, aunque en todo caso deberán proveer atención virtual a través de sus canales comerciales habituales.
Existen dos modalidades para la acreditación del dinero: directamente en la cuenta sueldo de los empleados o bien en la cuenta de la empresa, para que luego sea esta la que lo transfiera a sus empleados.
Esta semana empezarán a brindar estás líneas de créditos, con tasas de entre el 20 y el 24%, los bancos Nación, Provincia, Ciudad, Crediccop, Galicia, Supervielle, Itaú, BBVA y Comafi, según confirmaron estas entidades a Télam.
Desde el jueves último, para paliar el virtual congelamiento de la actividad económica a raíz de las medidas de distanciamiento social para mitigar la pandemia del coronavirus (Covid-19), el Banco Central liberó cerca de $ 350.000 millones a los bancos para que den este tipo de créditos a empresas, reduciendo encajes y tenencia de Letras de Liquidez (Leliq).
1 – Completar la solicitud del crédito incluyendo el detalle de la nómina de empleados (formulario 931 de AFIP).
2 – Enviar la solicitud a la entidad bancaria donde se va a solicitar el crédito.
3 – La entidad bancaria se pondrá en contacto a fin de comunicarle los pasos a seguir para su instrumentación.
¿Dónde tramito el crédito?
En el banco donde ya es cliente y a través del cual se les abona a sus empleados las cuentas sueldo.
¿Qué empresas pueden solicitarlo? ¿Preciso alguna garantía para poder acceder al crédito?
Podrán acceder todas las MiPyMEs que se encuentren inscriptas en el Registro PyME del Ministerio de Desarrollo Productivo.
El Fondo de Garantías Argentino (FoGar) del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación otorgará a las entidades financieras las garantías para que las Pymes puedan acceder a los préstamos otorgados. Para las empresas medianas pertenecientes a los tramos 1 y 2, se les dará una garantía del 25% del capital otorgado por la entidad financiera y para las micro y pequeñas empresas, incluidos los monotributistas, se les otorgará un aval del 100% del capital aprobado por el banco.
El representante legal de la PyME se constituye en fiador del préstamo, a través de documentos electrónicos (declaración jurada).
¿Cual es la tasa de interés y el plazo para devolver el préstamo?
La tasa será como máximo del 24 por ciento fija durante un año, el cual incluye un período de gracia de tres meses, pudiendo cada entidad bancaria mejorar las condiciones crediticias.
¿Hay un monto máximo?
Sí, el de el 100 por ciento de la masa salarial bruta de la empresa y estará destinado al pago de salarios. También la línea permitirá la cobertura de cheques de pago diferidos.
¿Qué documentación tengo que presentar?
Las empresas deberán completar un formulario, que será presentado a las entidades bancarias a la hora de iniciar la solicitud.
Además, deberán contar con el certificado MiPyME, cuyo trámite se inicia en la web de AFIP y es otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo: https://www.argentina.gob.ar/produccion/registrarse-como-pyme/registrar-una-pyme.
¿Qué tiene que hacer el banco?
El banco chequeará la información recibida y podrá solicitarle información adicional a fin de realizar el análisis del crédito a otorgar a la PyME.
Si el banco está cerrado ¿Cómo obtengo el crédito?
Los bancos deben proveer atención virtual a través de sus canales comerciales habituales. Las entidades deben instrumentar las vías.
¿Dónde se acredita el dinero?
Hay dos modalidades, se escoge la más rápida: a) Que el dinero se acredite directamente en la cuenta sueldo de los empleados o B) en la cuenta de la empresa que inmediatamente transferirá a los empleados.
¿Qué requisitos tengo que tener para poder aspirar al crédito?
Tener certificado MiPyME para poder realizar la solicitud.
¿Cuándo tengo que empezar a devolver el crédito?
El crédito tiene tres meses de periodo de gracia.