Se conocieron en el trabajo y la relación de amistad creció. entre R. y P. de 45 años. En 2006 el primero comenzó a transitar una enfermedad crónica progresiva que lo obliga a hacer hemodiálisis desde hace un año. La salida es un trasplante de riñón y su amigo no dudó en hacerse los estudios.
A pesar de que no tienen vínculo de sangre resultó compatible lo que no es tan habitual, contó el abogado Santiago Martínez que los acompañó en el trámite judicial que presentó P., de 45 años, para donar su riñón a su amigo. El planteo recayó en el fuero federal y el juez Carlos Vera Barros hizo lugar al pedido. Con la autorización en mano ahora resta la intervención quirúrgica que probablemente tendrá lugar este mes.
R., de 38 años, padece desde el 2006 glomerulonefritis por IgA con un cuadro de proteinuria, hematuria. Sufre de falla renal y desde hace un año debe someterse a hemodiálisis varias veces por semana. Ante la necesidad de un trasplante renal el hombre se anotó en Incucai en diciembre de 2021 y se encontraba en lista de espera.
P. viene acompañando a R. en el transitar de su enfermedad y sus familias también se hicieron amigas. Martínez contó a El Ciudadano que este no es un caso común y corriente, resaltó la cuestión emocional que conlleva. Describió como “admirable” la decisión de P. iniciativa que tuvo desde el amor y la solidaridad a otro con las consecuencias que le puede generar en su salud. No dudó en hacerse los estudios y fue compatible entonces se sometió al resto de los exámenes necesarios.
A ello le siguió la presentación judicial, más precisamente una medida meramente declarativa. El abogado explicó que el trámite se presentó el 20 de octubre y hubo dos audiencias de las que participaron profesionales médicos, psicólogos. En una de ellas P. recalcó que la motivación está vinculada a la necesidad de su amigo y su familia lo acompaña en esta determinación.
Martínez explicó que la ley 27.447 (de trasplantes de órganos, tejidos y células) habilita a la donación a familiares cercanos o conviviente, pariente consanguíneo o por adopción hasta el cuarto grado, o su cónyuge, o una persona con quien mantiene una unión convivencial.
Y en su artículo 67 la normativa fija un trámite judicial que, según la interpretación que han hecho los jueces, habilita a un pedido de parte de personas que no son familiares y fue el camino que tomaron los amigos.
Para ello se deben cumplir ciertos requisitos. Lo que los jueces evalúan para autorizar el trasplante es que el acto sea necesario desde un punto de vista médico. En este caso concluyeron que R. está haciendo diálisis hace más de un año y tiene una vida muy limitada a partir de la enfermedad. Otro requisito es que sea voluntario, es decir que la personas que dona entienda a qué tipo de operación se somete y entienda las consecuencia y la gratuidad del acto.
Para la Justicia en este planteo se reúnen estos requisitos por lo que autorizo a P. a donar su riñón a R. La próxima semana tendrá lugar la consulta médica y se fijará fecha para que estos amigos se hermanen para siempre.
Comentarios