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Declaran inconstitucional el DNU que cambió las ART

Sorpresa y media. El juez Alejandro Segura declaró la “inconstitucionalidad” del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que implementó como paso “obligatorio y excluyente” las comisiones médicas para acceder a la justicia.

Sorpresa y media. El juez Alejandro Segura declaró la “inconstitucionalidad” del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que implementó como paso “obligatorio y excluyente” las comisiones médicas para acceder a la justicia.

Los analistas indican que la decisión podría extenderse a la ley recientemente aprobada.

En efecto, el juez del fuero nacional del Trabajo Alejandro Aníbal Segura declaró la “inconstitucionalidad” del DNU que establece que todos los trabajadores que sufran accidentes laborales deberán presentarse ante Comisiones Médicas Jurisdiccionales antes de presentar denuncias judiciales contra sus empresas.

“¿Por qué se les concede a unos la “acción expedita” con doble instancia y todas las garantías procesales, mientras que a otros se los compele a seguir un procedimiento administrativo que solo los conducirá a un mero “recurso”, una vez agotada la vía “obligatoria y excluyente”?”, se pregunta el juez.

El magistrado del juzgado Nacional del Trabajo N° 41, adelantó además que sus cuestionamientos al decreto presidencial alcanzan también a la ley sancionada la semana pasada por el Congreso luego de que el Poder Ejecutivo enviara un proyecto que modifica al sistema de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

El juez Segura sostuvo que el DNU y la norma violan la Constitucional Nacional y los tratados internacionales a los que adhirió la Argentina en materia de Derechos Humanos porque, entre otras cosas, pone en diferente condición a los trabajadores formalizados respeto de los que no lo están y viola el principio de igualdad ante la ley.

“Por lo que se viene coligiendo el DNU pone en una mejor situación a un trabajador clandestino que otro registrado. ¿Es eso razonable? Obviamente que no lo es”, sostuvo el magistrado en la resolución.

La declaración de “inconstitucionalidad” por parte del juez Segura fue firmada anteayer en el marco de una causa en la que se ventilaba una demanda de Florencia Soledad Alcaráz contra la compañía de seguros Federación Patronal que inicio el 2 de febrero por un “accidente laboral” ocurrido en 2015.

El magistrado apuntó su críticas al carácter “obligatorio y excluyente” de la instancia administrativa a la que deben someterse los empleados que sufran accidentes laborales antes de iniciar sus demandas y enfatizó que eso generará una doble estándar en términos de derechos para los trabajadores que estén en blanco y los que no.

El juez Segura aclaró en su opinión que abarca el DNU firmado por el presidente Mauricio Macri en enero de este año -que no fue derogado- y no se modifica “en un ápice” en relación a la Ley sancionada la semana el 15 de febrero que aún no fue promulgada.

“Debo declarar de oficio la inconvencionalidad e inconstitucionalidad del art. 1º, DNU 54/2017, más allá de que por motivos que son de público y notorio conocimiento, el Poder Ejecutivo Nacional haya decidido convocar a sesiones Extraordinarias a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y, en sesión del día 15-2-2017 con el voto de 88 sobre 257 diputados nacionales, haya sancionado con fuerza de ley”, sostuvo el magistrado.

Y agregó: “Lo sustancial de lo que he de resolver no se modificará en un ápice para cuando ésta esté promulgada y publicada (art. 5º, CCyCN). Diré que tanto el art. 1º del DNU como el 1º de la ley son irremediablemente inconvencionales e inconstitucionales, sin que la formalidad etiológica de uno u otro alteren el sentido de mi parecer”.

Finalmente, el magistrado laboral manifiesto a modo de síntesis y con tono didáctico: “No lo hago porque como se ha pensado con liviandad, por ser “juez laboral” favorezca siempre a una de las partes de la interlocución socio-laboral… lo hago en aras a la calidad institucional que en todos los tópicos cuya revista se ha pasado en las líneas que preceden, el DNU deja mucho que desear”.

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