El mes de septiembre arrancó con una serie de noticias vinculadas al calendario de feriados en lo que resta del 2023. En este sentido, se decretó que los días jueves 14 y viernes 15 de septiembre haya asueto en Argentina y habrá un nuevo fin de semana largo que gozarán miles de personas.
El calendario de feriados en Argentina es uno de los temas más buscados por la población para organizarse de cara a un fin de semana largo. En las últimas horas, se decretó jornada no laborable para los días jueves 14 y viernes 15 de septiembre en cuatro localidades del país.
El jueves 14 en las localidades bonaerenses de Francisco Madero (partido de Pehuajó) y Exaltación de la Cruz habrá feriado por el aniversario fundacional, mientras que en Arroyo Venado (partido de Guaminí) será por la celebración del patrono. En tanto, el viernes 15, los ciudadanos de Dolores tampoco trabajarán debido a la festividad patronal.
En cuanto a los fines de semana largo a nivel nacional, el próximo será el 12 de octubre por el Día de la Diversidad Cultural. El descanso del sábado 14 y el domingo 15 se verá extendido por un feriado puente turístico declarado el viernes 13, y más tarde por el asueto del lunes 16, fecha a la que se trasladó debido a que cae jueves.
Cambio en el feriado por el Día del Empleado de Comercio: cuándo es y qué día cae
En una decisión que tomó por sorpresa a muchos, el Sindicato de Empleados de Comercio anunció un cambio en la fecha del feriado que conmemora el Día del Empleado de Comercio. Este año, el sindicato ha decidido trasladar el feriado a un nuevo día, generando diversas reacciones.
El sindicato comandado por Armando Cavalieri fue el encargado de comunicar que el feriado por el Día del Empleado de Comercio de 2023 se trasladará al lunes 25 de septiembre. Este cambio se da en lugar del 26 de septiembre, que es la fecha original de la conmemoración. La decisión sorprendió a muchos, pero también brinda la oportunidad de un fin de semana largo para los empleados del sector.
Este día se celebra cada 26 de septiembre desde la sanción de la Ley 26.541 en el año 2009. Según el artículo 2 de la ley, «los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales». Es decir, es un día en el que los trabajadores tienen derecho a no trabajar y los comercios pueden optar por cerrar sus puertas.
El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) de los empleados de comercio considera como tales a las personas que realizan tareas de maestranza y servicios, tareas administrativas, personal auxiliar que realice tareas de reparación, auxiliares especializados y personal de ventas. Es un sector amplio que abarca desde supermercados hasta tiendas de ropa. Por el feriado, es probable que algunos supermercados, tiendas de ropa, bazares, kioscos, jugueterías, almacenes y shoppings decidan cerrar sus puertas. Sin embargo, aquellos comercios que opten por abrir deberán pagar la jornada laboral como un día feriado a los empleados que sean convocados para trabajar.