Ante presentaciones realizadas en la Defensoría del Pueblo de Santa Fe, la institución recordó algunas cuestiones a tener presentes en cuanto a la facturación de gas como producto de diversas medidas tomadas por el gobierno nacional y, al mismo tiempo, objetó que los conceptos estén “impresos en letras pequeñas y poco claras”, lo que genera “confusión”.
En primer lugar la Defensoría recordó que por disposición del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), el nuevo sistema de facturación –empezó a regir a partir del pasado 1° de junio– es mensual para usuarios residenciales, a pesar de que la lectura de los medidores continúa siendo bimestral.
“Esto quiere decir que, en el transcurso de un año completo, los usuarios recibirán 12 (doce) facturas en total, cada una conteniendo la mitad del consumo del bimestre y la mitad del cargo fijo”.
En segundo lugar, el organismo indicó que se encuentra vigente un nuevo cuadro tarifario aprobado por resolución del Enargas –Nº199 del 29 de marzo pasado– que resolvió un incremento del 29% y que entró en vigencia en tres tramos: un 10% a partir del 1° de abril, otro 9% a partir del 1° de mayo, y un 7,5% a partir del 1° de junio.
En tercer lugar, el gobierno nacional –resolución N°336 del 21 de junio pasado de la Secretaría de Energía– dispuso un diferimiento en el pago del 22% en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de este año y hasta este 31 de octubre.
“Esta medida alcanza a usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes que no hayan renunciado expresamente a ese beneficio”, aclaró la Defensoría. Y recordó que los montos diferidos llegarán junto a las facturas regulares emitidas desde el 1° de diciembre de 2019 y por el lapso de 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos, es decir, hasta abril de 2020.
“Los usuarios de las empresas provinciales de servicios públicos, deben tener presente que el servicio del gas, por el momento, es el único que llega al domicilio de los usuarios con facturación mensual, mientras que el de agua (Assa) y de la energía eléctrica (EPE) sigue siendo bimestral, aunque en este último caso existe la posibilidad de abonarlo en dos cuotas”.
En ese marco en las facturas emitidas por Litoral Gas SA siguientes detalles que los usuarios deben chequear para evitar malentendidos:
La leyenda “Diferimiento de pago Res SGE Nº 336/19 (*)”, y el monto que resulte diferido en función de la medida, debe encontrarse en el detalle de los conceptos facturados.
La indicación “Liquidación 1 de 2 Bimestre…” o “Liquidación 2 de 2 Bimestre…”, de acuerdo a la factura que se trate, debe aparecer en la zona superior, justo debajo del cuadro de lectura de consumo.
El señalamiento “Fecha límite pago en bancos”, con la fecha correspondiente, debe aparecer de forma clara en la esquina superior derecha, sin prestar confusión entre una factura y otra.
“Ante cualquier duda o consulta, los ciudadanos pueden acudir a la Defensoría del Pueblo de Santa Fe”, concluye la repartición.