Los cinco sevillanos miembros de La Manada fueron puestos en libertad este jueves en la sección segunda de la Audiencia de Navarra, a pesar de estar condenados a una pena de nueve años de prisión cada uno por un delito de abuso sexual a una joven durante los Sanfermines de 2016. Los jueces tomaron la decisión sólo dos semanas antes de que venciera el plazo máximo de dos años estipulados para su prisión provisional (7 de julio). Sin embargo, al existir condena (aunque esta no sea aún firme), el plazo de prisión podría haberse ampliado hasta que se cumpliera la mitad de la condena, es decir, otros dos años más. Esta decisión los dejaría en libertad hasta que la condena sea firme.
Los argumentos se harán públicos este viernes, pero el tribunal acordó que los cinco condenados puedan recuperar la libertad con una fianza de 6.000 euros. Además, el tribunal impone a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia de su localidad. También les impone la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid, la prohibición de comunicación con la víctima, la retirada del pasaporte, y la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial. La decisión no ha sido unánime, sino por mayoría de dos de los tres magistrados. El presidente del tribunal emitió un voto particular discrepante y aboga por prolongar la prisión provisional de forma incondicional.
La decisión trajo indignación entre las organizaciones de mujeres. Amalia Fernández, de la asociación Mujeres Juristas Themis, ha calificado esta decisión de «indignante» y añadió que la decisión «no le veo ninguna base jurídica».
Fernández afirmó que la prisión provisional existe mientras no se celebre juicio, «pero en este caso hay una sentencia que es superior a cinco años, por lo que la decisión de la Audiencia no cabe en ninguna lógica».
Se espera que los cinco acusados salgan de prisión en breve, puesto que una vez tomada la decisión, la puesta en libertad es casi inmediata.
La Audiencia Provincial de Navarra había rechazado la petición de la fiscalía de agresión sexual, que pedía 22 años de prisión y ha condenó a los acusados a nueve años de cárcel por «abuso sexual continuado», pero no por violación. La decisión judicial ha incluido el voto particular de uno de los magistrados que pidió la absolución. Además les impusieron cinco años de libertad vigilada y un indemnización a la víctima de 50.000 euros (10.000 cada uno). Durante la lectura del fallo, decenas de manifestantes se congregaron a las puertas de la Audiencia al grito de «es violación, no es abuso».