La reapertura del trámite de mediación prejudicial obligatoria en la demanda de Héctor Magnetto, directivo del Grupo Clarín, por daños y perjuicios, contra Lidia Papaleo, fue dispuesta ayer, viernes, mediante una resolución judicial que firma el magistrado Juan Carlos Benincasa.
El texto de la resolución, al que tuvo acceso Télam, recuerda que en dos ocasiones en que la funcionaria mediadora convocara a las partes a audiencias de mediación, Magnetto no concurrió y a través de sus representantes presentó sendos certificados médicos para justificar sus ausencias.
«La dificultad para hablar que padece el requirente -por Magnetto, por ser actor de la demanda-, no es justificativo suficiente como para no haber concurrido a las dos audiencias que fijara la mediadora», dice el texto de la resolución de reapertura de mediación firmada por Benincasa.
«..Solo se admitirá como causal de justificación de la incomparecencia de algunas de las partes razones de fuerza mayor debidamente acreditadas y expresadas por escrito al mediador, quien deberá dejar constancia de lo sucedido en el acta respectiva…», marca la legislación referida a la mediación prejudicial obligatoria, y la resolución de Benincasa expresa en referencia a Magnetto «que en el caso no se advierte que hubieren existido causas de fuerza mayor que justifiquen el proceder del requirente».
En consecuencia el magistrado resolvió dejar sin efecto la posibilidad de conclusión del trámite de mediación para dar lugar al inicio del pleito en la justicia, ordenando que se reabra la mediación obligatoria a cuyas audiencias las partes en conflicto deben concurrir.
Lidia Papaleo, demandada por Magnetto por daños y perjuicios, es viuda de David Graiver, cuya familia poseía acciones de la empresa Papel Prensa que fueron transferidas a propiedad de los diarios Clarín, La Nación y La Razón durante la dictadura militar en condiciones cuya legalidad están siendo investigadas por posibles vínculos con la represión ilegal.